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Sección: Estado de Veracruz

Abrogan decreto duartista que limitaba despidos en administración pública estatal

Se publicó la noche del pasado jueves en la Gaceta Oficial extraordinaria 490

Miguel ?ngel Barrag?n Veracruz, Ver. 10/12/2016

alcalorpolitico.com

El gobernador del Estado, Miguel Ángel Yunes Linares, abrogó el jueves pasado, el "Decreto Administrativo por el que se instruyen medidas de control jurídico en materia laboral para la Administración Pública Estatal", de septiembre de 2015, con el cual su antecesor limitaba la suspensión, rescisión o terminación de la relación laboral con empleados de la administración pública estatal.

El lunes 28 de septiembre de 2015, en el número extraordinario 386 de la Gaceta Oficial del Estado, el entonces mandatario estatal Javier Duarte de Ochoa, hizo publicar el referido decreto en cuyo primer artículo estableció que “Los actos y procedimientos administrativos, relativos a los movimientos de personal que efectúen las unidades administrativas y que impliquen la suspensión o terminación de la relación de trabajo o la aplicación de medidas o correcciones disciplinarias, se llevarán a cabo previa opinión favorable del área encargada de la función jurídica de la Dependencia o Entidad de que se trate”.

Esto, según explicó en el artículo tercero del decreto, “con el propósito de evitar el incremento de las obligaciones a cargo del Estado y mayores perjuicios al erario”, por posibles demandas y juicios laborales.



Con ello prácticamente supeditaba algún posible despido de personal, “a la autorización de la unidad administrativa correspondiente y del área competente de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para contar con Dictamen de Suficiencia Presupuestal”.

Sin embargo, para el nuevo gobierno estatal que preside Miguel Ángel Yunes Linares, el decreto administrativo por el que se instruyen medidas de control jurídico en materia laboral para la Administración Pública Estatal, publicado en septiembre de 2015, “extralimita las funciones del Ejecutivo del Estado e impide una adecuada gestión administrativa”.



Ello, porque “habida cuenta que en los movimientos de personal que efectúen las unidades administrativas y las áreas jurídicas que impliquen la suspensión o terminación de la relación laboral, deberá procurarse siempre el respeto a los derechos laborales de los servidores públicos constitucionalmente garantizados y, de no ser así, deberán atenderse en lo conducente, las disposiciones existentes en la legislación ordinaria vigente”, según lo que aparece en la exposición de motivos del decreto de Yunes Linares que Abroga el de Duarte de Ochoa.

Para sustentar su determinación de abrogar el decreto de septiembre de 2015, el Ejecutivo estatal expone en el tercer considerando, que de conformidad con el artículo 12 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz, “es atribución de los titulares de las dependencias centralizadas, nombrar y remover libremente a los servidores públicos de la dependencia a su cargo, cuyo nombramiento o remoción no estén determinados de otra forma por la Constitución o Leyes del Estado, situaciones que se aplican simultáneamente a la normatividad que rija a la Administración Pública Paraestatal en términos del artículo 3 del mismo ordenamiento.

En el cuarto considerando indica que de acuerdo con el artículo 186 del Código Financiero para el Estado de Veracruz, los titulares de las unidades administrativas en las dependencias o entidades de su adscripción, ejercen la administración de los recursos humanos; proponen al titular de la dependencia, el nombramiento de los empleados de base y de confianza y, en su caso, el cese o rescisión de la relación laboral cuando así proceda; y autorizan y operan conforme a las instrucciones del titular de la dependencia, los movimientos de altas, bajas e incidencias del personal asignado a la dependencia.