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Sección: Estado de Veracruz

Anuncia AVE que impugnará ante tribunales la interpretación del Consejo General del IEV

- Considera pasa por alto una disposición general y obligatoria como es una excepción a la equidad de género

- Tiene 4 días para interponer su apelación ante el Tribunal Electoral

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 27/03/2013

alcalorpolitico.com

El Partido Alternativa Veracruzana (AVE) impugnará ante los tribunales electorales la interpretación que hizo el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano (IEV) a los artículos 14 y 16 del Código Electoral porque “se pasa por alto una disposición de carácter general y obligatoria como es una excepción a la equidad de género”.

Alfredo Arroyo López, integrante de la dirigencia estatal de este nuevo instituto político dijo, “nos llama la atención la interpretación que hacen los consejeros del IEV al pasar por alto una disposición de carácter general y obligatoria, como son los artículos 14 y 16 en el cual se habla de una excepción respecto a la equidad de género y por ello es que acudiremos ante los tribunales y nosotros cumpliremos con la disposición jurídica y otorgaremos las cuota de género, pues el IEV está pasando por alto al no haber un principio de legalidad, ya que estos artículos son vigentes”.

AVE es un partido que está a favor de la legalidad y comulga con los principios del derecho electoral y en este caso se rige con el Código Electoral del estado, el federal y la constitución política local y federal.

El Consejo General del IEV analizó estos artículos y determinó: “que los partidos políticos o coaliciones al integrar las listas de candidatos a diputados locales por el principio de mayoría relativa y ediles están obligados a respetar la acción afirmativa de género conforme a los principios de equidad de género previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Además, “respecto al cumplimiento de acción afirmativa de género, se debe estar a los previsto en la Constitución con la finalidad de que el hombre y la mujer tengan las mismas posibilidades de acceder a los cargos de elección popular”.

AVE tiene 4 días para interponer su apelación ante el Tribunal Electoral porque presuntamente “se pasa por alto una disposición de carácter general y obligatoria como es una excepción a la equidad de género”.

Además, solicitó al IEV la interpretación de dichos artículos, los cuales a la letra dicen: artículo 14 párrafo segundo, “Los partidos políticos o coaliciones que postulen candidatos a diputados, en ningún caso deberán exceder del 70% de candidaturas de un mismo género”.

“Lo anterior será aplicable también en las candidaturas de los suplentes. Quedan exceptuadas las candidaturas de diputados por el principio de mayoría relativa que sean resultado de un proceso de elección interno, conforme a los estatutos de cada partido político o coalición”.

Mientras que en el artículo 16 se afirma: “Los partidos que postulen candidatos a ediles propietarios en ningún caso deberán exceder del 70 % de candidaturas de un mismo género. Quedan exceptuadas las candidaturas que sean resultado de un proceso de elección interno, conforme a los estatutos de cada partido político o de la coalición, según sea el caso”.