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Columnas y artículos de opinión
Economía y sociedad
La reforma anticorrupción. Un truco de duarte para garantizarse impunidad
Hilario Barcelata Chávez
17 de junio de 2016
alcalorpolitico.com
Ahora es claro que Javier Duarte estaba seguro de la derrota electoral que venía y es evidente que, invadido por el pánico que le provoca la certeza del proceso penal en su contra que interpondrá el gobernador electo Yunes Linares, diseñó con gran cálculo, un conjunto de reformas a la Constitución, que tienen como propósito debilitar la capacidad de defensa legal del nuevo gobernador ante los ataques que seguramente ya le tienen preparados o que le podrían preparar los funcionarios que Javier Duarte intentará dejar designados en cargos fundamentales: el Fiscal, el Contralor General y el Fiscal Anticorrupción. Javier Duarte parece confiar que con estas armas podría detener cualquier embestida legal que atente contra su libertad y su patrimonio mal habido. Veamos en qué consiste este retorcido entramado legal.
 
1.- Eliminación del Fuero Constitucional
 
Se reforma el artículo 76º constitucional para eliminar la prerrogativa del Fuero constitucional, al gobernador, a sus secretarios de despacho y a los presidentes municipales, pero se mantiene como privilegio para los Diputados, el Fiscal General del Estado, los Magistrados y el Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
 

Habrá quien diga que esta reforma ha sido un reclamo social y que reducirá la impunidad de las autoridades, pero en realidad no lo es tanto, porque carece de contenido y alcances democráticos, por ser como es: tramposa y malintencionada. Diseñada más bien como una emboscada para las futuras autoridades. Sólo de esa forma se entiende por qué no se elimina también el fuero a los diputados, a los magistrados y al Fiscal, los cuales seguirán disfrutando de un privilegio que les garantizará impunidad. Por cierto, estos son los funcionarios que el actual gobernador quiere dejar como herencia al próximo gobierno, para protegerse de las acciones que éste emprenderá en su contra.  
 
El Fuero constitucional fue creado para salvaguardar a los poderes del Estado, de eventuales acusaciones y juicios sin fundamento o por arbitrariedad. En México ha servido para que los funcionarios corruptos no vayan a la cárcel, por lo que su eliminación es deseable, pero debe incluir a todos los funcionarios y a quienes detentan un cargo de elección popular. Hacerlo de manera selectiva, oculta una siniestra intención, porque eliminar el Fuero a punto de terminar su gobierno y sin someterse él mismo a esa nueva circunstancia legal, hace de la reforma de Javier Duarte una patraña que sólo confirma lo deplorable que es como gobernador. Sin fuero, Javier Duarte ya habría sido acusado penalmente y destituido como gobernador.  
 
2.-Designación del Contralor General del estado por el Congreso local
 

Se reforma el artículo 33º constitucional (fracción XLII) para facultar al Congreso para designar (con la aprobación de las dos terceras partes de los diputados) al Contralor General, a propuesta del titular del Poder Ejecutivo.
 
Resulta evidente que Javier Duarte intenta dejarle al nuevo gobierno un funcionario con poder suficiente para obstaculizarle su labor y que responderá a los intereses del gobierno que se va y no a los de la sociedad, por lo que, más que pensado para vigilar el buen desempeño del próximo gobierno, un Contralor “heredado” en realidad podría constituir un bastión de amenaza permanente para disuadir los intentos de procesar penalmente a Javier Duarte y todos los que han sido señalados por corrupción. Queda en evidencia también, la intención de permitirle al gobernador Duarte, a como dé lugar, designar al funcionario que requiere para esos fines, porque si el Congreso rechaza al que propuso, tendrá el privilegio de enviar tantas propuestas como desee, hasta lograr que se lo aprueben.
 
3.- Creación de la Fiscalía Anticorrupción
 

Se reforma al artículo 67º constitucional para crear la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, cuyo titular será nombrado por las dos terceras partes de los integrantes del Congreso del Estado, previa convocatoria pública que éste emitirá. Esta figura legal es indispensable para depurar la administración pública del estado, y es muy positivo que se elija mediante convocatoria pública y no a propuesta del Titular del Poder Ejecutivo. Sin embargo, el modo en que está diseñado todo el proceso de elección de este funcionario, expresa claramente la intención de dejar en manos de Javier Duarte y del Fiscal General, su designación y su permanencia. Por dos razones:  
 
a) primera, el texto constitucional señala que el nombramiento del Fiscal Especializado podrá ser objetado por el titular del Poder Ejecutivo del Estado, en cuyo caso se procederá a un nuevo nombramiento, repitiendo el procedimiento. Esto significa que el Gobernador Duarte podrá objetar tantas veces como quiera al funcionario elegido por el Congreso, hasta que sea elegido uno que le garantice impunidad. Esto no sólo es cuestionable por el privilegio que le concede, sino que además representa una desproporción y desequilibro de poder muy grande, impropio en una ley, porque una decisión caprichosa, arbitraria y sin fundamento, podrá más que la decisión del Congreso basada en un concurso público en donde se valorarán las capacidades profesionales y éticas de quienes deseen obtener el cargo.

b) Segunda, el texto constitucional establece que el Fiscal Anticorrupción podrá ser removido por el Fiscal General del Estado. Nuevamente una desproporción y desequilibro de poder. Lo correcto sería que sea el Congreso a quien corresponda juzgar el desempeño del Fiscal Anticorrupción y si lo amerita, destituirlo, porque es la autoridad que le dio el cargo. Que lo pueda remover el Fiscal General no sólo le concede un poder excesivo a un funcionario del Ejecutivo frente al Poder que representa la soberanía popular. Esto significa que si en la designación del Fiscal Anticorrupción se elige a un funcionario que en la práctica resultara “incómodo” al gobernador Duarte, aún le quedará la opción de ordenar al Fiscal que destituya a dicho funcionario. Claro, el texto constitucional prevé que esta destitución podrá ser objetada por las dos terceras partes de los integrantes del Congreso del Estado, pero en las actuales condiciones de control que ejerce el Gobernador Duarte sobre el Poder Legislativo, resulta razonable pensar que esa objeción no existiría.
 
4,. El –Comité Coordinador Anticorrupción
 

Queda pendiente dar cumplimiento al mandato constitucional de expedir la legislación en materia local anticorrupción e instalar el Comité Coordinador Anticorrupción, que instaurará el Sistema Local Anticorrupción y que estará integrado, entre otros, por el Fiscal Anticorrupción y el Contralor General, el titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y el del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información, funcionarios en cuya designación ha intervenido directa o indirectamente el actual gobernador, por lo que dicho Comité quedaría bajo su control o al menos le servirá como medio de contención para el proceso penal en su contra que ya está a punto de llegar. [email protected]