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Columnas y artículos de opinión
Economía y sociedad
La insensatez de prohibir la construcción de caminos rurales
Hilario Barcelata Chávez
17 de marzo de 2014
alcalorpolitico.com
A partir de este año, los gobiernos municipales no podrán realizar la construcción de caminos rurales con los recursos que reciben del Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM). Este fondo representa una proporción muy importante de los recursos con que cuentan los ayuntamientos para hacer obra pública y ha sido vital para la realización de caminos que resuelven la urgente necesidad de comunicación al interior de su territorio.
 
Lo anterior se debe a los cambios en la Ley de Coordinación Fiscal (LCF), que en su artículo 33º señala los usos que de manera exclusiva se le pueden dar al mencionado fondo y en los que ha desaparecido el concepto de “Caminos rurales”. 

 
CAMBIOS EN EL USO DEL FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL
 

LEY DE COORDINACIÓN FISCAL 2014
ACTUALMENTE ANTES
Agua potable, Agua potable,
Alcantarillado, Alcantarillado,
Drenaje y letrinas, Drenaje y letrinas,
Urbanización, Urbanización municipal,
Electrificación rural y de colonias pobres, Electrificación rural y de colonias pobres,
Infraestructura básica del sector salud y educativo, Infraestructura básica de salud,
Infraestructura básica educativa,
Mejoramiento de vivienda Mejoramiento de vivienda,
 Caminos rurales
Infraestructura productiva rural
Mantenimiento de infraestructura  
 
 
Esto representa una gran limitante para el desarrollo de los municipios, particularmente para los que tienen gran parte de su territorio en condiciones de ruralidad y en donde los caminos son fundamentales para facilitar el transporte de los productos del campo y el tránsito diario de personas y para satisfacer sus necesidades de salud y educación.
 
Lo más grave es que estos usos se restringen aún más y en contradicción con la LCF, en un documento normativo secundario llamado “Lineamientos generales para la operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS)” emitido por la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) donde se establece que “Los municipios deben utilizar estos recursos para la realización de obras y acciones que atiendan prioritariamente las carencias sociales identificadas en el Informe Anual de Rezago Social de Coneval” y únicamente para aplicarlo a los proyectos previstos en el Catálogo que incluye este documento. Esto es mucho más prohibitivo que la misma LCF, la que, establece que esos recursos se orientarán “preferentemente” a esos usos, pero no “obligatoriamente”.
 

Esta situación seguramente detonará el descontento social en el ámbito local, porque los hoy presidentes municipales se comprometieron a realizar obra caminera en su campaña y ahora no podrán cumplir con esas promesas.
 
Mucho sufrirá la población de los municipios de Veracruz con estas nuevas disposiciones. Muchos problemas políticos habrán de sobrevenir por estas decisiones que no se entienden, porque los caminos siempre han significado progreso y desarrollo.
 
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