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Columnas y artículos de opinión
Economía y sociedad
Ilegal recorte a recursos municipales: ¿error o malas intenciones?
Hilario Barcelata Chávez
19 de enero de 2015
alcalorpolitico.com
De manera inexplicable el gobierno del estado redujo los recursos federales del Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM del Ramo33) que debe entregar este año a los municipios, por lo que 103 de ellos enfrentan un dramático recorte de 960 millones de pesos (mdp) en conjunto, lo cual tendrá un profundo impacto en el desarrollo municipal dado que estos recursos se utilizan primordialmente para obra pública.

De igual modo y también sin ninguna justificación alguna, el gobierno estatal entregará menos recursos a los ayuntamientos por el rubro de Participaciones Federales (Ramo 28), de manera que 151 municipios 52.8 mdp menos que lo que recibieron el año pasado.
 
 
Los alcaldes de los municipios afectados (principalmente un grupo de ellos de extracción Perredista) han mostrado una justificada y profunda preocupación porque esos recursos son vitales para realizar las obras públicas que requiere la población, (agua potable, alcantarillado, drenaje, letrinas, urbanización, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura del sector salud y educativo, mejoramiento de vivienda, y mantenimiento de infraestructura), pero también lo están porque no encuentran una razón justificada que explique tal recorte presupuestal.


Ya han acudido a pedir una aclaración al gobierno estatal y la argumentación que recibieron de funcionarios de Sefiplan es que los recortes presupuestales se deben a que en 2015 se cambió la formula con la que se realiza el reparto del FISM entre los municipios, por lo que es diferente a la que se usó en 2014.

Esta es la misma explicación que se da a ese problema en la sección de “Consideraciones” del Apartado XXIX del Anexo A del Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado (Gaceta Legislativa No. 67 del 29 de diciembre de 2014) donde se dice que al aplicarse la fórmula prevista en la Ley de Coordinación Fiscal (LCF) reformada, se modificó la distribución individual del FISM a los municipios.
 
 
 
Si efectivamente esta es la razón por la cual se aplicaron fuertes recortes a los municipios, se entiende entonces que para el reparto de 2014 se utilizó la formula anterior a la reforma, lo que representa un problema legal de magnitudes insospechadas, porque significa que el gobierno del estado violó la LCF reformada, toda vez que la reforma de esta ley entró en vigor el 9 de diciembre de 2013 (Diario Oficial de la Federación) y en ella ya estaba contenida la nueva fórmula (artículo 34º) que el gobierno del estado estaba obligado a aplicar en el reparto del FISM-2014 a los municipios veracruzanos.


No sabemos si la aplicación de esa fórmula que ya no estaba vigente se debió a gravísimo error humano o fue la acción voluntaria de algún funcionario estatal respondiendo a intenciones que desconocemos, lo cierto es que se trata de una gravísima violación a la ley, que además se llevó a cabo en repetidas ocasiones, esto es, cada vez que se aprobó un nuevo reparto al FISM-2014, porque ese año el reparto se hizo y se rehízo tres veces. Esta es la triple violación a la ley:
 
  1. La primera en el primer reparto del FISM-2014, que está incluido en el Decreto del Presupuesto que aprobó el Congreso local y que fue publicado en la Gaceta Legislativa del 12 de diciembre de 2013, tres días después de haberse modificado la fórmula (Gaceta Legislativa, Anexo II, págs. 78-82).
     
  2. La segunda violación se da al volver a aplicar la misma fórmula no vigente en el reparto del FISM-2014 incluido en una nueva versión del Presupuesto de Egresos aprobada por el Congreso Local el 30 de diciembre de 2013, esto es 22 días después de entrar en vigor la nueva fórmula (Gaceta Oficial No. 514 del 31 de diciembre de 2013, Anexo II págs., 29-35).
     
  3. La tercera violación a la ley aplicando una fórmula no vigente se da en el Acuerdo del Ejecutivo en el que se aprueba un nuevo reparto del FISM (Gaceta Oficial del 30 de enero de 2014, Págs. 8-15) Esto se dio 52 días después de que la nueva fórmula ya había sido publicada.

Y aquí el problema legal se vuelve aún más grave, porque en el Acuerdo del Ejecutivo en que se aprueba el último y definitivo reparto del FISM-2014, se declara que la fórmula utilizada es la establecida en el artículo 34, capítulo V de la LCF (es decir la fórmula nueva)


y se describe la fórmula (Acuerdo 5º, Gaceta Oficial del 30 de enero de 2014, págs. 4-8) que resulta ser la fórmula nueva incluida en la LCF reformada en diciembre de 2013. Es decir, el gobierno del estado sostiene actualmente que para 2014 utilizó la fórmula vieja (la que estaba vigente antes de la reforma de la LCF) pero resulta que en este documento oficial, hace constar que utilizó la fórmula nueva. Y aquí si no se puede pensar que hay error humano, porque ambas cosas no pueden ser verdad puesto que en el Presupuesto de Egresos 2015 el gobierno estatal afirma que para el reparto del FISM-2014 se usó la vieja fórmula, pero en el “Acuerdo del Ejecutivo” de enero de 2014, dice que utilizó es la nueva.

Lo anterior significa que el gobierno del estado cometió un doble acto de ilegalidad: Uno por haber aplicado una fórmula que ya no estaba vigente; dos, porque miente al decir que el cálculo se hizo con una fórmula que no es la que efectivamente se utilizó.

Veremos qué acciones legales emprenden los ayuntamientos porque el impacto financiero es enorme y la afrenta legal inadmisible.


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