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Sección: Nacional

Ley contra lavado, vigilará operaciones en efectivo de actividades manejadas por la delincuencia

Establece como sujetos obligados a las asociaciones o fundaciones a reportar a Hacienda al cliente que haga donaciones superiores a 200 mil pesos

El Universal M?xico, DF. 12/10/2012

alcalorpolitico.com

El Senado aprobó la creación de la Ley contra Lavado de Dinero, que deberá ser publicada en breve en el Diario Oficial de la Federación, para limitar y vigilar las operaciones financieras en efectivo en aquellas actividades susceptibles a ser utilizadas por el crimen organizado como las apuestas, la compra de obras de arte y autos blindados.

Además, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita establece como sujetos obligados a las asociaciones o fundaciones “sin fines de lucro”, como las vinculadas a Andrés Manuel López Obrador, y a las comercializadoras de tarjetas de prepago, como Monex, a reportar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al cliente que haga donaciones superiores a 200 mil pesos, y en el caso de las tarjetas prepagadas, a quienes compren por un monto de 40 mil 202 pesos.

Según el presidente de la Segunda Comisión de Estudios Legislativos, Alejandro Encinas Rodríguez (PRD), senador involucrado en la elaboración de la ley, alertó que en México y Estados Unidos los cárteles del narcotráfico han lavado aproximadamente 3 billones de pesos, lo que equivale —explicó— al 82% del presupuesto total de México al año.

En tribuna, Encinas Rodríguez explicó que sobre la base del cálculo anterior cada cártel de la droga sería 15 veces más rentable que Grupo Carso, propiedad del empresario Carlos Slim.

La presidenta de la Comisión de Gobernación, Cristina Díaz Salazar (PRI), confió en que con esta ley se revierta la falta de persecución del lavado de dinero, ya que en México las sentencias por investigaciones iniciadas en blanqueo apenas alcanzan 2%, y no se cuenta con datos específicos por el secreto bancario.
Destacó que el PRI “no escatimará” ningún esfuerzo para garantizar la seguridad de los mexicanos.

El decreto fue enviado al Ejecutivo para su inmediata publicación en el Diario Oficial de la Federación, pero un artículo transitorio de la ley concede nueve meses de plazo para que ésta se instrumente al 100%.

Los bancos, asociaciones o fundaciones, casas de cambio, inmobiliarias, notarios, corredores, fedatarios públicos y joyeros tendrán la obligación de identificar a sus clientes que realicen operaciones sospechosas, reportar estas actividades con el cliente plenamente identificado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y conservar los datos de casa, cliente o usuario durante 10 años.

Las tiendas departamentales o comercializadoras que emitan tarjetas de crédito —como Liverpool, Palacio de Hierro o Walmart— también deberán reportar a Hacienda los datos de aquel cliente que de manera mensual gaste más de 80 mil pesos.

La ley establece la creación de una Unidad Especializada de Análisis Financiero en contra de la Delincuencia Organizada, como parte de la SIEDO, que tendrá carácter de Ministerio Público y deberá instrumentar sistemas de mecanismos de análisis de la información financiera y contable que pueda ser utilizada, todo lo anterior sobre la base de los llamados avisos o notificaciones que los entes privados envíen a Hacienda.

Personal de la SHCP podrá realizar “visitas de verificación” de oficio o en cualquier momento a las entidades privadas para comprobar el cumplimiento de esta Ley. Si los entes privados no cumplen con la norma y son utilizados para realizar operaciones indebidas, podrán ser sancionados con multas que van de los 623 mil 300 pesos a poco más de 4 millones de pesos.

El aviso enviado a la Secretaría de Hacienda no significa en automático que se esté bajo una indagatoria judicial, y éstos deberán ser confidenciales y reservados, ya que existe una sanción para los funcionarios que publiquen esta información, con multas económicas y con cárcel hasta por 10 años.