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Sección: Estado de Veracruz

Exhorta Foro Liberal de Abogados a trabajadores a promover amparos contra Ley del IPE

- De acuerdo al artículo 21 de la Ley de Amparo ya están corriendo los 15 días a partir de que empiece a surtir efectos
- Por el momento no se puede predecir la suerte de éstos, lo importante es que se presenten para cumplir con los términos: Roberto Rodríguez
- Los amparos sí podrían ganarse porque la nueva Ley se está aplicando con retroactividad

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 25/07/2014

alcalorpolitico.com

El Foro Liberal de Abogados exhorta a los trabajadores en activo que cotizan al Instituto de Pensiones del Estado que promuevan amparos colectivos o individuales contra la Ley de Pensiones del Estado, pues de acuerdo al artículo 21 de la Ley de Amparo ya están corriendo los 15 días, a partir de que empiece a surtir efectos (la ley se publicó el pasado 21 de este mes en la Gaceta Oficial del Estado) para la presentación de esos recursos.
 
A juicio de Roberto Rodríguez Cruz, presidente del Foro Liberal de Abogados, los amparos sí podrían ganarse porque la nueva Ley se está aplicando con retroactividad en perjuicio de los trabajadores en activo.
 
Empero, predecir la suerte de los amparos es adelantar hipótesis, ya que en estos momentos lo importante es que se presenten para cumplir con los términos legales.
 
Podría darse el caso de que el Juez de Amparo determine que no es el momento procesal oportuno para promover alguna acción contra la Ley de Pensiones y hay que esperar hasta que cause un perjuicio.
 
Pero lo importante es que se cumpla con los términos legales, pues mal sería que en estos días no se promueva nada y cuando se llegaran a presentar, el Juez determine la improcedencia de la acción porque no se promovió en los 15 días posteriores a la entrada en vigor de la ley.
 
Aunque desde su punto de vista sí podrán ganarse los amparos por la retroactividad de la Ley de Pensiones que afectará a los actuales trabajadores en activo con la aportación del 12 por ciento sobre la pensión que habrán de recibir y por el salario regular que se tomará en cuenta para fijar la pensión.
 
Un trabajador que empezó a cotizar a partir del 21 de este mes (la Ley de Pensiones del Estado entró en vigor el día 22 al siguiente día de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado) al momento de jubilarse no tiene por qué sujetarse a los términos de la nueva ley, ya que fue contratado con una Ley anterior.
 
Y recordó que toda ley no se aplica con retroactividad en perjuicio de persona alguna, sólo tienen efectos retroactivos cuando beneficia.
 
Lamentablemente -añadió- la nueva Ley de Pensiones del Estado se estará aplicando con retroactividad en perjuicio de los trabajadores activos, ya que fueron contratados con otras leyes y por lo tanto, no tienen por qué seguir cotizando al IPE cuando se jubilen ni deben aportar el 12 por ciento de su pensión.
 
“Con esos términos no fueron contratados. Esos términos se establecen en la nueva Ley y por lo tanto, sólo deben aplicarse a los trabajadores de nuevo ingreso, no a los que ya están”.
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