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Sección: Estado de Veracruz

Reforma a la ley evitará juicios paralelos que deriven en resoluciones contradictorias

- Envía Duarte iniciativa a la Ley del Juicio de Protección de Derechos Humanos del Estado
- Establece casos en que el juicio será improcedente y se decretará su inmediato sobreseimiento para proteger al ciudadano

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 29/07/2014

alcalorpolitico.com

Durante la sesión plenaria del Congreso del Estado de este martes, el gobernador Javier Duarte de Ochoa, envió la iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley número 288 del Juicio de Protección de Derechos Humanos de Veracruz que impidan la prosecución de juicios paralelos de manera que no se generen resoluciones firmes con sentido contradictorio.
 
En la iniciativa se establece que el juicio será improcedente y deberá decretarse su inmediato sobreseimiento en los casos siguientes:
 
Contra actos de naturaleza fiscal, administrativa, o de los emitidos en procedimientos en materia laboral y de seguridad social, así como contra actos de nombramiento y remoción de servidores públicos estatales y municipales.
 
Contra actos que sean materia de cualquier otro juicio o procedimiento que se encuentre pendiente de resolución, promovido por el mismo actor, contra la misma autoridad y por el mismo acto, aun en el caso de que las presuntas violaciones a la Constitución sean distintas.
 
Será causa de responsabilidad, sancionable conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, la admisión y trámite de demandas improcedentes en los términos de este precepto.
 
En la exposición de motivos, el titular del Poder Ejecutivo señala que el Juicio de Protección de Derechos Humanos está diseñado para proteger al gobernado frente a posibles abusos de autoridades administrativas o legislativas que no estén sujetos a la potestad de órganos jurisdiccionales en el Estado.
 
Por lo cual, no es adecuado que se abra un proceso de esta naturaleza en casos en que existan expedientes que se ventilen ante tribunales o autoridades estatales pendientes de resolución.
 
A efecto de evitar resoluciones disímbolas para un mismo acto, así como posibles invasiones de competencias entre los distintos órganos del Poder Judicial del Estado.
 
Con el objeto de preservar la referida certeza, se hace indispensable tomar medidas legislativas que impidan la prosecución de juicios paralelos a los que dirimen controversias en materias expresamente reguladas por ordenamientos legales vigentes, de manera que no se generen resoluciones firmes con sentido contradictorio, que afectan el legítimo interés jurídico de las partes y lesionan el prestigio y la elevada encomienda que atienden los órganos jurisdiccionales del Tribunal Superior de Justicia del Estado.
 
La protección de los derechos humanos se sustenta en el cumplimiento indefectible del principio de certeza jurídica ya que el Estado de Derecho no puede subsistir en medio de la incertidumbre.
 
Junto con la libertad, la seguridad jurídica es condición fundamental de la democracia y del aseguramiento de los derechos de las personas.
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