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Sección: Estado de Veracruz

Presentan iniciativa de Ley que regula el servicio de Limpia Pública en el Estado

- Fija las bases para la separación, barrido, recolección, transporte, selección y destino final de los desechos
- Establece sanciones tomando en cuenta la gravedad de la falta, la capacidad económica y  antecedentes del infractor

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 29/07/2014

alcalorpolitico.com

Con la finalidad de regular el manejo, así como la Administración del servicio de Limpia Pública y la disposición de desechos y aplicar sanciones económicos a aquellos que tiren basura en la vía pública, el diputado local Antonino Baxzi Mata, La iniciativa de Ley fija las bases para realizar la separación, barrido, recolección, transporte, selección y destino final con el fin de mejorar el servicio de Limpia pública en el Estado.
 
Además, establece la aplicación de sanciones tomando en cuenta la gravedad de la falta, la capacidad económica y los antecedentes del infractor.
 
Se aplicarán apercibimiento y amonestación; así como multa de 20 a 50 días de salario mínimo general vigente, de acuerdo a la zona geográfica correspondiente, pero si el infractor es jornalero, ejidatario y obrero, la multa no excederá de 10 a 15 salarios mínimos.
 
También se contemplaría la suspensión temporal o cancelación del permiso o licencia del establecimiento, la cual podrá imponerse, entre otras causas, cuando el infractor incurra en forma reiterada en violaciones al presente ordenamiento normativo.
 
Las sanciones serán para aquellos que arrojen a la vía pública y fuera de los depósitos destinados para ello, toda clase de desperdicios, escombros y residuos en general; que lleven a cabo, sin la autorización correspondiente, cualquier actividad que como consecuencia ensucie la vía pública, o en su caso, no realizar el aseo inmediato del lugar, una vez terminadas sus actividades.
 
También a quien extraiga las bolsas o de cualquier recipiente colector ubicado en la vía pública, los desperdicios contenidos en ellos; tener en desaseo paraderos, bases o terminales de vehículos en la vía pública, los responsables directos de esta infracción serán los concesionarios del servicio urbano.
 
Así como por arrojar tierra y desechos, producto de la limpieza y barrido, a las coladeras pluviales; y en general, cualquier incumplimiento a las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento.
 
Se establece como una obligación legal de los ciudadanos separar la basura en orgánica e inorgánica; contar con botes en colores y los vidrios ponerlos en cajas de cartón cerrados con la leyenda peligro; depositar la basura única y exclusivamente en los lugares destinados para tal efecto por el Ayuntamiento.
 
También deberán depositar la basura, para su recolección, en bolsas adecuadas, de tal forma que la basura orgánica se separará en bolsas de color verde y las inorgánicas bolsas de color negro o cualquier otro color o en recipientes destinados especialmente para ello.
 
Y las personas físicas o morales que se promuevan por medio de propaganda, tales como: volantes, folletos o cualquier otro medio publicitario que pueda arrojarse a la vía pública, deberán imprimir en estos, su leyenda “no tires este volante, conserva limpia tu ciudad, material reciclable”.
 
Se obliga a los Ayuntamientos utilizar sólo Rellenos sanitarios para e depósito de sus desechos; difundir programas de separación de la basura; sancionar a los ciudadanos que se dediquen al negocio de los basureros clandestinos; prohibir los basureros clandestinos; ompedir la pepena en zonas urbanas, rurales y subrurales; aprobar y autorizar los centros de acopio que se dedican a la compra de desechos industriales.
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