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Sección: Estado de Veracruz

Nueva Ley Orgánica del Poder Judicial modifica esquema de pensiones a magistrados y beneficiarios

Busca actualizar el andamiaje jurídico que rige actuación del Poder Judicial como resultado de reformas constitucionales

?ngeles Gonz?lez Ceballos Xalapa, Ver. 30/07/2015

alcalorpolitico.com

El Pleno del Congreso del Estado aprobó la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado por el que, entre otros, se modifica el esquema de pensiones complementarias y haberes de retiro, de tal forma que los beneficios otorgados a los magistrados se correspondan con la realidad presupuestal.

En tal virtud, se empleó un esquema gradual de disminución de percepciones para el caso de beneficiarios de los magistrados fallecidos, se excluyeron de los mismos a quienes forman parte del Consejo de la Judicatura sin ser magistrados y se fijaron circunstancias que permitan evaluar las condiciones para la asignación de los montos por concepto de haberes de retiro a los magistrados con menos de 20 años de servicio en el Poder Judicial del Estado.

Lo que busca la nueva ley es actualizar el andamiaje jurídico que rige la actuación del Poder Judicial como resultado de las reformas constitucionales en diversas materias tales como derechos humanos, justicia indígena, sistema penal adversarial y medios alternos para la solución de conflictos.

Asimismo, la armonización legal para el adecuado funcionamiento de dicho poder conforme las exigencias nacionales.

Entre los puntos más relevantes de la propuesta del Ejecutivo estatal son los relativos a los juzgados de las familias, los juzgados de procesos y procedimientos penales orales, nuevas reglas en materia de justicia para adolescentes y en asuntos indígenas.

Asimismo, la creación de las centrales de actuarios, nuevas normas para acatar las disposiciones constitucionales en materia de derechos humanos, la implementación de tecnologías de la información en el quehacer judicial, el fortalecimiento de la visitaduría judicial, una justicia con perspectiva de género y la creación de unidades administrativas encargadas de los asuntos en materia de transparencia y acceso a la información y comunicación social.

Con la nueva ley se determinó reducir de seis a dos personas en el área administrativa al interior de los órganos jurisdiccionales de procesos y procedimientos penales orales y se va a reducir la pensión complementaria para los familiares de los magistrados hasta en un 50 por ciento, una vez que pierdan la vida.

En el desarrollo de los juicios orales en materia penal, para cada caso, habrá 4 jueces tal como se estableció a nivel federal, pues primero habrá un juez de control que conozca el caso, posteriormente se turnará al tribunal de enjuiciamiento que supervisará todo el proceso, enseguida el juez de ejecución de sentencia que será quien determine la culpabilidad o no y, finalmente el tribunal de alzada que verificará el cumplimiento de la sentencia.

Con el objetivo de disminuir los asuntos turnados al Tribunal de Conciliación y Arbitraje, se crea la Procuraduría de la Defensa de los Trabajadores, instancia que ofrecerá sus servicios de manera gratuita para resolver por la vía pacífica los conflictos entre trabajadores y patrones en el ámbito público.