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Sección: Estado de Veracruz

Perote mete orden a la venta de bebidas alcohólicas en horario nocturno

- Esos negocios cerrarán entre las 12 de la noche y tres de la mañana

- Donde ocurran hechos delictuosos de cualquier naturaleza, serán clausurados de inmediato

Miguel ?ngel Barrag?n Veracruz, Ver. 18/01/2017

alcalorpolitico.com

El ayuntamiento de Perote Veracruz desde hoy meterá orden en horarios y funcionamiento de bares, cantinas, antros, discotecas y en general en todos los establecimientos, expendios y lugares en donde se vendan bebidas alcohólicas, al copeo, botella abierta y/o cerrada, los cuales deberán cerrar entre las doce de la noche y tres de la mañana.

Al publicarse hoy - casi tres años después- en la Gaceta del Estado número ordinario 025, el Acta 37 de la sesión extraordinaria de Cabildo del día 29 de mayo de 2014, se hace Ley el acuerdo para regulación de horarios y funcionamiento de bares, cantinas, billares, antros, discotecas, restaurantes, restaurant-bar, pulquerías y en general todos los establecimientos, expendios y lugares en donde se vendan bebidas alcohólicas, al copeo, botella abierta y/o cerrada en el municipio de Perote, Veracruz.

En principio se establece que para el establecimiento y funcionamiento de los negocios en donde se vendan bebidas alcohólicas al copeo y/o botella, se requerirá licencia de funcionamiento, o en su caso revalidación o refrendo de la misma, expedida por el H. Ayuntamiento, por conducto del Cabildo municipal.



Se advierte que ninguno de esos negocios podrá iniciar su funcionamiento antes de que se le expida la licencia respectiva, revalide o refrende.

Entre la serie de requisitos para obtener una licencia de funcionamiento se indica que el interesado deberá presentar autorización por escrito de los vecinos que se encuentren en un radio de 100 metros alrededor del local o inmueble que será utilizado para la venta, consumo de bebidas alcohólicas, únicamente para aquellos establecimientos cuyo giro sea, la venta de bebidas alcohólicas al copeo y/o botella abierta.

Se hace saber a los interesados que las licencias de funcionamiento, son actos administrativos subordinados al interés público; en consecuencia, dichas licencias podrán ser canceladas cuando a juicio de la autoridad municipal, el funcionamiento de dichos establecimientos violen o cometan infracciones a las leyes, reglamentos y acuerdos federales, locales o municipales, o cuando el local ya no reúna los requisitos establecidos en este acuerdo.



Las licencias de funcionamiento expedidas conforme a este acuerdo, deberán ser refrendadas o revalidadas cada año y serán “personalísimas y no podrán ser cedidas, vendidas, rentadas o negociadas a terceras personas.

La infracción de esta disposición merecerá la clausura del establecimiento, se hace hincapié en el acuerdo que se publicó hoy en la Gaceta del Estado.

Por cuanto hace a los horarios de funcionamiento de ese tipo de negocios, en el referido acuerdo los establecimientos referidos podrán expender bebidas alcohólicas dentro del siguiente horario;


  1. Bares, cantinas, billares, antros, discotecas, restaurantes, restaurant-bar, pulquerías, fondas, vinaterías, licorerías en general todos los establecimientos, expendios y lugares donde se vendan bebidas alcohólicas, al copeo y/o botella abierta de las 10 horas, a las 02 horas.
  1. Los demás establecimientos, expendios, y lugares en donde se vendan bebidas alcohólicas, al copeo y/o botella cerrada no comprendidos dentro de esta ategoría, de las 07 horas, a las 24 horas.

Todos los bares, cantinas, billares, antros, discotecas, restaurantes, restaurant-bar, pulquerías y en general todos los establecimientos, expendios, y lugares en donde se vendan bebidas alcohólicas, al copeo y/o botella abierta, tienen la obligación de cerrar de forma total sus establecimientos y el cese total de sus actividades comerciales a las tres horas del día siguiente.