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Sección: V?a Correo Electr?nico

Policía vial sin causa de infracción detiene a conductor, violando ley de Tránsito

Defiende el espacio que otorga alcalorpolitico a estas denuncias que sólo así son atendidas por la autoridad

09/03/2013

alcalorpolitico.com

Psic. Joaquín Rosas Garcés

Director de alcalorpolitico



Aprovecho este medio para manifestarle una situación que me pasó con un agente Tránsito, el día 27 de diciembre del año pasado, y aprovecho este medio por qué me he dado cuenta en la nota de hoy del agente que paró al muchacho y lo tenía hincado y veo que hay respuesta del Director de tránsito:

El día jueves veintisiete de diciembre del año pasado, un servidor junto con mi familia íbamos a bordo de una camioneta, la que conducía mi hermano menor, siendo este mayor de edad con su licencia vigente, teniendo la camioneta sus verificaciones y pago de derecho vehicular al corriente, nos trasladábamos sobre el bulevar Adolfo Ruiz Cortines con dirección a la Avenida Lázaro Cárdenas, estando a la altura del un callejón de nombre Rubén Bouchez, nos percatamos en la patrulla detuvo en doble fila a una camioneta Ranger color café, acción que le repito fue en doble fila, por lo cual mi hermano tuvo que cambiar de carril para poder continuar con nuestro trayecto.

Acto seguido fuimos alcanzados por la patrulla con placas 00-70-88 en el mismo bulevar esquina con la calle Francisco Moreno, estando el semáforo de esta intercesión en rojo, dándonos cuenta los ocupantes de la camioneta que el agente de tránsito empezó a voltear y observar a la camioneta, dando el semáforo luz verde, el patrullero empezó a cambiar de carril para ubicarse en el carril derecho, llegando a la intercesión del multicitado bulevar esquina con la avenida Mártires 28 de agosto nos encontramos con el semáforo en luz verde por lo cual el conductor continuó con la marcha.

Pasando esta intercesión el patrullero le indicó al conductor que se detuviera a lo cual el conductor lo hizo, acción que a todos nos extrañó debido a que en ningún momento iba en exceso de velocidad o hubiera obstruido el paso de otros vehículos y mucho menos pasarse el alto, acción que todos nos bajamos de la camioneta para solicitar una explicación del por qué nos detuvo, comportándose el patrullero desde ese momento en forma déspota solicitando la licencia, misma que mi hermano le entregó, acto que todos le volvimos a pedir una explicación por la detención.

El patrullero nos pidió que nos quitáramos el arroyo vehicular por que nos podían atropellar indicándole al conductor de la camioneta que se estacionara más adelante, otra vez detenida la unidad le volvimos a solicitar una explicación por la detención, dándonos por respuesta que sólo iba hablar con el conductor, lo que le respondimos que adelante, a lo cual nos dijo que “todos éramos para él un cero a la izquierda”, entonces pidió en forma prepotente la tarjeta de circulación, al ver que todo iba bien conforme a la documentación pidió ver los dos periodos de verificación acción que le respondimos que estaban al corriente, exigiendo ver los dos hologramas.

Al bajarse de la patrulla y corroborar que todo estaba al corriente le entregó al conductor los papeles diciéndonos “bola de locos”, acción que un servidor le solicitó su nombre tendiendo como respuesta (con el perdón de la palabra) “que qué madres te interesa mi nombre, mientras el agente se dirigía a la patrulla, todos le empezamos a reclamar sus ofensas haciendo caso omiso, una vez arriba nos volvió a decir bola de locos, aclarando que a mi papá por poco le pisa el pie con la llanta de la patrulla, por el arranque que hizo de la patrulla.

Así mismo quiero manifestarle que de conformidad con el numeral 8 del Reglamento de la Ley de Transito, en el fracción IV inciso a establece:

…” Articulo 8°.-
IV.- Las normas de conducta del personal, serán las que señalen los reglamentos internos, en los que se deberán incluir disposiciones relativas a: clasificación de los grados jerárquicos, reconocimientos, faltas, sanciones y evaluación.

En todo caso, el personal tendrá las siguientes prohibiciones:

a).- Detener la circulación de cualquier vehículo o solicitar documentos para revisión a los conductores, cuando no haya causa aparente de infracción.”…

Es por demás claro que el agente actuó con abuso de autoridad.

El día 28 de diciembre ingresé un oficio a la Dirección de Tránsito siendo recibido por el C. Martín Casa en el área jurídica, después estuve marcando no teniendo respuesta a mi petición, me contestaron hasta la cuarta llamada solamente porque les dije que iba a ir a Contraloría, tiempo después acudí y me atendió el Lic. Muñoz Mendoza, quien me presentó dos expedientes en los cuales tenían fotos de los elementos, a lo cual le contesté que el día de mí incidente sólo iba un oficial, pero para mi sorpresa la foto del agente de tránsito estaba distorsionada; la cara estaba alargada, entonces el Lic. Muñoz me dijo que se comunicaría conmigo para poder reconocer al agente situación que hasta la fecha no pasa.

Esto nos sirve a todos que los ciudadanos sepamos que como lo establece el artículo que anteriormente mencioné no nos pueden parar nada más porque sí, ellos tienen la obligación de respetar a los ciudadanos.


Aprovecho para exponer a Adrián Domínguez Torres que desde el momento que un servidor entró a la administración pública tiene la obligación de trabajar, por lo cual, el hecho de que un ciudadano exprese sus molestias no es ninguna violación a los derechos de los servidores.

Agradezco el espacio para mi queja quedo a sus órdenes

Héctor Alberto Huerta Bonilla