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Sección: Estado de Veracruz

Ratifica TEPJF validez de la elección de Gobernador en Veracruz

- Se confirma triunfo de Miguel Ángel Yunes Linares

- Desestiman magistrados intervención de la iglesia en comicios

Rafael Mel?ndez Ter?n Xalapa, Ver. 19/10/2016

alcalorpolitico.com

Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declararon la validez de la elección a Gobernador en el Estado de Veracruz, ratificando la sentencia emitida por el Tribunal electoral de Veracruz (TEV), por la que se declaró a Miguel Ángel Yunes Linares Gobernador electo de esta entidad.

Así resolvieron los Juicios de Revisión Constitucional 342 y 343/2016 promovidos por los partidos Revolucionario Institucional y Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA).

Ambos partidos promueven juicio de revisión constitucional electoral a

fin de impugnar la sentencia emitida por el TEV en el recurso 115/2016 y su acumulado 116/2016, que entre otros, modificó el cómputo estatal de la elección a Gobernador, confirmó la declaración de validez y el otorgamiento de constancia de mayoría.

Así como la declaratoria de gobernador electo, emitidos por el Consejo General del Organismo Público Local Electoral, a favor de Miguel Ángel Yunes Linares, otrora candidato postulado por la Coalición “unidos para Rescatar Veracruz”, integrada por los partidos políticos Acción Nacional y de la Revolución

Democrática, en el proceso local 2016/2016.

En el proyecto, el ponente de la cuenta Esteban Penagos López, señaló que el partido actor asegura que se acredita la intervención de ministros de culto en la elección, pero no le asiste la razón porque el Artículo 398 del código electoral de Veracruz no hay violaciones graves, hechos dolosos determinantes para anular la elección.

Dijo que un personaje religioso no puede tener influencia tal para anular la elección.



Apuntó que criticar al gobierno del Estado, así los polémicos temas en torno de la reforma al Artículo 4 para proteger la vida desde la concepción y el rechazo para el matrimonio igualitario fueron tocados por la Iglesia, pero no solicitaron el voto hacia un favor en específico o que se abstuvieran de votar.

“De las diversas notas que fueron ofrecidas como pruebas, que se advierte que existieron críticas al Gobierno en materia de seguridad y economía, pero esos temas son de dominio público e interés general”, anotó el magistrado.

Expuso que no toda crítica se puede entender como propaganda negativa en contra de partido o candidato.



La magistrada María del Carmen Alanís interpretó que para los ministros de culto no existe prohibición para invitar a votar, pero en todo caso, como lo señala el proyecto, hay manifestaciones pero no se actualiza la violación al principio de separación iglesia estado en la intervención en el proceso electoral

El TEV había ordenado una vista al OPLE pero también, compartiendo el proyecto de la cuenta, consideró no es necesario que se diera seguimiento a una investigación.

Por su parte, el magistrado Flavio Galván Rivera dijo que lo que se tiene por acreditado y porque no fue negado ni objetado ni desvirtuado, a pesar de que los interesaos promovieron medios de defensa es la publicación que se hizo en un medio de comunicación local.



Según este medio se mandó un mensaje por parte del arzobispo de Xalapa, Hipólito Reyes; Sergio Obeso Rivera, arzobispo emérito; Rutilo Muñoz de Coatzacoalcoa; Martín del Campo, de Veracruz Juan N. Navarro, de Tuxpan, José Trinidad de Papantla; Lorenzo Cárdenas de Papantla, entre otros.

En ese mensaje, que titula “el futuro de Veracruz está en nuestras manos”, los obispos mencionados llamaron a ejercer el voto.

“No se puede advertir que haya sido a favor de partido o candidato”, anotó Galván Rivera. La sentencia emitida se dio por unanimidad de votos.