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Sección: Estado de Veracruz

Refugiado, desplazado e indocumentado, conceptos distintos que deben diferenciarse: Investigadora

- Comenta que hay diferencias esenciales, aunque el “refugiado y el desplazado”, son afines

- Para ser refugiado, debe probarse la incapacidad del gobierno para asegurar la integridad del individuo

?ngeles Godoy Morales Xalapa, Ver. 20/06/2012

alcalorpolitico.com

“Hay tres conceptos diferentes: refugiado, desplazado e indocumentado, básicamente los que se podrían utilizar en un mismo tema serían refugiados y desplazados.

Sin embargo, "generalmente son personas que se han visto obligadas a dejar sus lugares de origen para vivir en otras zonas”, señaló Silvia Patricia García Becerra, investigadora y maestra en Derechos Humanos por la Universidad Iberoamericana.

En el marco de la conmemoración del Día del Refugiado, explicó que los refugiados y desplazados son personas que están huyendo incluso por los mismos motivos.

En entrevista, refirió que la Convención de Viena en materia de Refugiados de 1950, define a un refugiado como una persona que huye de su país por temor fundado de persecución, sea por raza, pertenencia a un grupo étnico, ideas políticas, entre otras.

Por otra parte, un desplazado, es quien huye de su país de origen por los mismos motivos; la única diferencia es que no hace el cruce de una frontera internacional.

“Por ejemplo los grupos religiosos, que sean perseguidos por otros y comprueben que el gobierno es incapaz de darles protección, ellos terminan huyendo de su comunidad. Son desplazados porque se han ido de su lugar de origen, pero no han cruzado a otros países”.

Agregó que la persona indocumentada es aquella que no cuenta con documentos de identidad o migratorios, que lo acrediten con una legal estancia en el país, en caso de extranjeros o nacionales.

Sobre la conmemoración mencionó que México recientemente se adhirió a la Convención de Viena y la conmemoración es precisamente un refrendo de que los países se comprometen a seguir defendiendo los derechos de los refugiados. No obstante, en caso de que una persona haya cometido crímenes de lesa humanidad, se le niega el asilo.

Además, recordó el caso de los desplazados guatemaltecos donde las comunidades indígenas por años tuvieron cruce a las comunidades mayas y sin importarles las divisiones geográficas y geopolíticas, siendo que ellos cruzan a México a sus comunidades hermanas.

“Empiezan a vivir en campos de refugiados y entonces el Gobierno mexicano en 1981, con el apoyo del ACnur, reconoce a los refugiados guatemaltecos por la situación política. El caso más reconocido es el de Rigoberta Menchú, cuando mataron a toda su familia y tuvo que salir huyendo”.

En estos casos, reiteró que hay mexicanos que van a Estados Unidos y piden refugio por la situación específica que han vivido como persecución, hostigamiento, lo que debe demostrarse es que el gobierno ha sido incapaz de brindarles protección.

Finalmente, añadió que en México hay alrededor de mil 700 personas con el estatus de refugiado, mismas que se encuentran en proceso de tramitar su reconocimiento y gestionar su estancia en el país. La mayoría se concentra en el Distrito Federal y la zona conurbada.