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Sección: Estado de Veracruz

184 institutos municipales de las mujeres entregaron al ORFIS información requerida

- Fueron 28 los que no atendieron los requerimientos del ORFIS

- De los 184 sólo 79 (43%) cuentan con Decreto o Acuerdo mediante el cual se crea dicho Ente como OPD

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 31/07/2019

alcalorpolitico.com

En el informe respecto a la situación que guardan los Institutos Municipales de las Mujeres (IMM), el Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) especifica que de los 212 Institutos, 184 (87%) proporcionaron la información requerida por el ente fiscalizador y 28 (13%) no presentaron información y documentación suficiente y apropiada que proporcionara bases para emitir una opinión.

Los IMM que no atendieron los requerimientos del ORFIS fueron Acula, Álamo Temapache, Amatlán de los Reyes, Banderilla, Camerino Z. Mendoza, Chiconquiaco, Chumatlán, Coacoatzintla, Coyutla, Cuichapa, Ilamatlán, Ixhuatlán del Sureste, Ixmatlahuacan, Jalcomulco, Jilotepec, Manlio Fabio Altamirano, Mixtla de Altamirano, Pueblo Viejo, Soledad Atzompa, Tancoco, Tantoyuca, Tehuipango, Texcatepec, Tlachichilco, Tomatlán, Tres Valles, Zaragoza y Zontecomatlán.

De los resultados obtenidos se observa que de los 184 Municipios, en 182 (99%) operan áreas con actividades correspondientes a un IMM; sin embargo, sólo 79 (43%) cuentan con Decreto o Acuerdo mediante el cual se crea dicho Ente como OPD, aunque algunos funcionan como tal, otros como Desconcentrado o Dirección de Área.



En virtud de lo anterior, se considera factible que las 103 figuras restantes (56%) que funcionan sin Acuerdo o Decreto, como Organismo Desconcentrado, Dirección u otra denominación, transformen su naturaleza jurídica según lo dispuesto en el artículo 81 BIS de la LOML, constituyendo al IMM como OPD, con personalidad jurídica y patrimonio propios, autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones.

De los 184 municipios, en 80 cuentan con Reglamento Interior del IMM y 114 tienen Comisión Edilicia de Igualdad de Género.

85 (46%) de los 184 Ayuntamientos bajo análisis, señalaron contar con oficinas propias para el desempeño de las actividades del IMM y 110 (60%) refieren tener mobiliario y equipo para su operatividad.



Considerando la importancia de brindar orientación y asesoría a las mujeres en materia de derechos humanos y una vida libre de violencia, es indispensable que todos los IMM dispongan de espacios acondicionados para garantizar a las usuarias privacidad y debida atención.

De la información proporcionada por los 184 municipios, se desprende que 56 (30%) destinaron recursos a los IMM o áreas análogas para su operación; en relación a la distribución por objeto del gasto, se identificó que se aplica hasta un 68% al capítulo de servicios personales, seguido del capítulo de servicios generales con 18%.

A lo anterior se debe añadir un dato fundamental del análisis de la desagregación del gasto, se determinó que 59 figuras ejercen recursos que fluctúan entre 5 mil y casi 6.5 millones de pesos:



53 de ellos no rebasan 1 millón de pesos anuales; 3 ejercen hasta 1.5 millones; 2 entre 2 y 2.5 millones y 1 hasta 6.5 millones de pesos. Adicionalmente, sólo 33 han accedido a Fondos Federales. Es importante destacar que en 30 casos reportaron que el IMM o las áreas con funciones análogas, participaron en la formulación del presupuesto de egresos.

De los 184 Ayuntamientos que respondieron, 151 cuentan con Direcciones Generales, 122 conformadas por 1 a 3 trabajadores, 79 de las personas encargadas con Título Profesional, 150 capacitadas en Perspectiva de Género; 28 con Áreas Administrativas, 20 constituidas por 1 a 3 trabajadores, de las responsables 15 tienen Título, dicen haber capacitado a 35 personas en la materia; 53 con Áreas Jurídicas, 45 formadas por 1 a 3 personas, de las responsables 45 poseen Título, 44 capacitadas en la materia; 55 con Áreas de Psicología, 52 integradas por 1 a 3 personas, de las responsables 45 con Título y 53 capacitadas; 28 con Áreas de Trabajo Social, 22 compuestas por 1 a 3 personas y 23 responsables tienen Título e igual número capacitadas en el tema de Perspectiva de Género.

En 77 casos existe únicamente la Dirección General y en el extremo opuesto en 9 funcionan todas las áreas; sólo 19 tienen Órgano Interno de Control. En cuanto a la plantilla de personal, el 82% cuenta con 1 a 3 trabajadores en las áreas operantes.



Si bien constituir la estructura orgánica es un tema de fácil solución, es obvio que la falta de recursos impide cumplir lo preceptuado. Del análisis a los perfiles profesionales, en un número significativo de casos la formación universitaria no es afín al trabajo que realizan.

Esta Alerta fue declarada para 11 Ayuntamientos; sin embargo, 7 mencionaron no contar con presupuesto asignado para atenderla; asimismo, se requirieron acciones específicas para 47 Municipios con población predominantemente indígena y de 36 que respondieron el cuestionario, 22 dijeron no estar considerados en dicha Declaratoria.

En cuanto a este rubro, 129 Ayuntamientos reportaron haberla incorporado en el Plan Municipal de Desarrollo, mientras que 123 la incluyeron en los planes, programas, proyectos, acciones y políticas públicas municipales.



En 50 municipios existen oficinas de esa instancia y 97 ayuntamientos reportaron coordinación y acompañamiento, aunque las acciones que revelaron se consideran de escasa trascendencia.

Se puede advertir que las atribuciones que la Ley Orgánica del Municipio Libre impone a los Ayuntamientos, resultan difíciles de cumplir dados los recursos financieros y materiales que poseen. Más aún, el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas, en especial las que competen a los IMM, requieren de conocimientos y capacidades altamente especializados, hasta ahora poco accesibles en la geografía de la entidad.