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Sección: Estado de Veracruz

Las palabras de la ley

¡A esconderse que ahí viene la basura!

Salvador Martínez y Martínez Xalapa, Ver. 27/03/2019

alcalorpolitico.com

Las tesis aisladas del sistema jurisprudencial mexicano son criterios emitidos por un Tribunal Colegiado o por la Suprema Corte de Justicia de la Nación actuando en Pleno o en Salas, interpretando algún precepto legal, pero la Tesis aislada no alcanza a ser obligatoria. Nuestro parecer es que las Tesis aisladas de Jurisprudencia podrían ser más valiosas que la Jurisprudencia obligatoria para los jueces, ya que no constituyen una camisa de fuerza para el intérprete de las leyes.

El título del presente comentario corresponde al nombre de una vieja canción popular y aquí es intencionalmente impertinente. Quizá lo motiva el ánimo de emplear una expresión que da a entender algo contrario o diferente de lo que se dice, generalmente como burla disimulada. Esto se hizo con la finalidad de destacar por vía de la ironía un aspecto fundamental de nuestra Ley Suprema: “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa (Constitución Política de México, artículo 4° párrafo séptimo).

Nuestra expresión no alcanza el ingenio de la burla fina que caracterizaba a Benigno Zilli Mánica, quien, el 30 de octubre de 1978, en un artículo periodístico, relacionó “Los filósofos y la basura”. El desenlace sorprende, pues después de la pregunta “¿Para qué sirve la filosofía?” Aterriza su respuesta aseverando “Entre nosotros…quizá necesitemos… [Algún filósofo] para explicarnos cómo hay que hacer para librarnos de la basura que es uno de los problemas no resueltos en nuestro municipio. Porque todos estamos de acuerdo de que la basura hay que ponerla en su lugar, pero quizá solamente un filósofo nos pueda decir dónde está ese lugar.” ¡Estaba en boga el promocional <<Ponga la basura en su lugar>>!



Después de (re) leer aquel artículo, consideramos que, tal vez, los tribunales supremos de México hubiesen establecido algún criterio que orientara la interpretación de las leyes respecto al tópico de la basura. En la búsqueda, tropezamos con una Tesis aislada titulada: Derecho fundamental a una vivienda digna y decorosa. Su contenido no se agota con la infraestructura básica adecuada de aquella, sino que debe comprender el acceso a los servicios públicos básicos [SCJN, Décima Época, Primera Sala, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 19, Junio de 2015, Tomo I, Tesis 1ª. CCV/2015 (10ª.), P. 583. Registro 2009348, Derecho Constitucional].

El Tribunal que emitió aquella Tesis estableció el estándar mínimo de infraestructura básica que debe tener una vivienda adecuada; sin embargo, nos dicen los autores de la resolución, que ello no implica que el derecho fundamental a una vivienda adecuada se agote con dicha infraestructura, pues en términos de la Observación N° 4 (1991) (E/1992/23), emitida por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas, el derecho fundamental referido debe comprender, además de una infraestructura básica adecuada, diversos elementos.

Entre esos elementos está el acceso a ciertos servicios indispensables para la salud, la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia, hospitales, clínicas, escuelas, así como la prohibición de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminación. Asimismo, dentro de los lineamientos en Aspectos Prácticos respecto del Derecho Humano a la Vivienda Adecuada, elaborados por el Comité de Asentamientos Humanos de las Naciones Unidas, se señaló que los Estados debían asegurarse de las viviendas tengan acceso a la prestación de servicios como recolección de basura, transporte público, servicio de ambulancias o de bomberos.



Ahora bien, dice la Tesis de la SCJN, el derecho a una vivienda adecuada es inherente a la dignidad del ser humano, y elemental para contar con el disfrute de otros derechos fundamentales, pues es necesaria para mantener y fomentar la salud física y mental, el desarrollo adecuado de la persona, la privacidad, así como la participación en actividades laborales, educativas, sociales y culturales. Por ello, una infraestructura básica de nada sirve si no tiene acceso a servicios básicos como son los de: iluminación pública, sistemas adecuados de alcantarillado y evacuación de basura, transporte público, emergencia, acceso a medios de comunicación, seguridad y vigilancia, salud, escuelas y centros de trabajo a una distancia razonable.

Y, finalmente, aquella Tesis aislada concluye: “De ahí que si el Estado condiciona el apoyo a la vivienda a que se resida en un lugar determinado, bajo la consideración de que lo hace con la finalidad de satisfacer el derecho fundamental a la vivienda digna y decorosa de los gobernados, la vivienda que otorgue debe cumplir no sólo con una infraestructura básica adecuada, sino también con acceso a los servicios públicos básicos, incluyendo el de seguridad pública ya que, en caso contrario, el Estado no estará cumpliendo con su obligación de proporcionar las condiciones para obtener una vivienda adecuada a sus gobernados.”

Después de esto, no pocos Servidores Públicos, funcionarios y empleados, de los tres ambientes de gobierno (municipal, estatal y federal) tendrán que ir… ¡A esconderse que ahí viene la basura!



La brecha entre el derecho de los gobernados a disfrutar de vivienda digna y decorosa y la realidad histórica es muy grande. En tanto esa brecha no se reduzca o desaparezca, el derecho humano fundamental estará ideologizado, es decir, únicamente servirá para hacernos creer que gozamos y ejercemos dicho derecho. Coloquialmente, sólo nos estarán dando atole con el dedo. También llama poderosamente la atención que el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada no es un derecho individual sino un derecho de la familia.

La alarma social o sentimiento de inseguridad pública que ha suscitado desfiles interminables de policías, ejercito y marina por las calles de las ciudades no es el único problema y ni siquiera existen estudios que nos puedan decir si es el más grave. Allí están, por ejemplo, las aporías de la basura y la contaminación, que podrían estar cobrando más vidas humanas que la violencia misma.

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