Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

A partir de este miércoles multarán o encarcelarán a quienes compartan o difundan “packs”

- Entró en vigor la reforma que tipifica como delito la Violación a la Intimidad Sexual

- Las sanciones aumentarán si la conducta es cometida por el cónyuge, concubinario o concubina

- En 2018 se detectaron en Veracruz 45 mercados de explotación digital, con mujeres y menores de edad

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 05/06/2019

alcalorpolitico.com

Con cárcel de cuatro a ocho años y multa de mil hasta dos mil Unidades de Medida y Actualización será sancionado a partir de este miércoles quien por cualquier medio divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido íntimo o erótico sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima.

Hoy entró en vigor la reforma al Código Penal de Veracruz que adiciona el Capítulo Violación a la Intimidad Sexual para tipificar esa conducta como delito, mismo que se perseguirá por querella; en caso de que esta conducta se realice contra una persona en situación de discapacidad que no comprenda el significado del hecho, se perseguirá de oficio.

Las sanciones se aumentarán hasta en una mitad del máximo de la pena cuando la conducta sea cometida por el cónyuge, concubinario o concubina o por persona con la que esté o haya estado unida la víctima en alguna relación de afectividad, aun sin convivencia; sea en contra de una persona que por su situación de discapacidad no comprenda el significado del hecho; o cuando por esa acción se obtenga algún tipo de beneficio no lucrativo.



Además, la autoridad investigadora ordenará el retiro inmediato de la publicación que se realizó sin consentimiento de la víctima, al administrador o titular de la plataforma digital, medio de comunicación o red social que la contenga.

Esta reforma se derivó debido a que en el Estado de Veracruz se han detectado, tan solo en el 2018, 45 mercados de explotación digital, sobre todo en plataformas como Facebook y Twitter donde se publican contenidos íntimos sin consentimiento de mujeres y menores de edad, sin restricciones, principalmente estas publicaciones acaban en diferentes tipos de violencia digital como la ciber persecución, la sextorción y la trata virtual de personas, sin que exista un marco jurídico que las regule.

El espacio virtual es real y la difusión de contenido íntimo sin consentimiento afecta la vida privada de las personas, su intimidad, dignidad y libre desarrollo de su personalidad.



Con esta reforma, Veracruz se pone a la vanguardia en la protección de la privacidad sexual como bien jurídico tutelado de las y los ciudadanos, así como de las víctimas indirectas como son sus familiares, que conocen de manera personal a las víctimas del delito, ya que la sexualidad es una parte integral de la personalidad de todo ser humano, por lo que proteger su privacidad debe favorecer al ejercicio de una vida íntima plena.