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Sección: Estado de Veracruz

Abroga Gobierno Estatal Programa de Reordenamiento Vehicular yunista

Con decreto, también inscripción al Programa de Registro Vehicular y expedición del tarjetón serán gratuitos

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 08/08/2019

alcalorpolitico.com

Las personas físicas o morales con una concesión de transporte público en todas sus modalidades y submodalidades, obtenidas por título de concesión, pagos de derechos de concesión, refrendo, autorizaciones de transferencia por cesión de derechos, autorizaciones de transferencia por herencia y demás documentos idóneos que acrediten la titularidad de la misma, para poder continuar prestando el servicio, deberán inscribirse al Programa de Registro Vehicular Permanente del Servicio de Transporte Público.

El gobernador Cuitláhuac García Jiménez emitió el acuerdo, en el cual se establece que la inscripción al Programa de Registro Vehicular Permanente del Servicio de Transporte Público será gratuita en todas sus modalidades y submodalidades; y se exime del pago del derecho por la expedición de la tarjeta anual de identificación del operador de transporte público de pasajeros.

En el caso de los concesionarios que no concluyeron el trámite del registro de lo que fuera el Programa de Reordenamiento y Regularización del Servicio de Transporte Público en todas las modalidades y submodalidades, que se implementó en el año 2017 y que a partir de hoy queda abrogado, podrán concluirlo cumpliendo con los siguientes requisitos:



Que la concesión haya estado trabajando mínimo dos años, que tenga los pagos vigente y los pagos de derechos de concesión.

Por lo que respecta a la situación de los concesionarios que concluyeron satisfactoriamente el Programa de Reordenamiento del Servicio de Transporte Público, quedarán exentos de pago y registro alguno; los que hayan concluido el registro del programa de empadronamiento, se actualizarán en el nuevo programa.

Los concesionarios deberán registrar a sus conductores de las unidades del servicio de transporte público en el padrón autorizado por la Dirección General de Transporte del Estado, con el fin de que cuenten con la tarjeta anual de identificación, situación que deberá realizarse de manera permanente, mientras que la revista vehicular será anualmente.



Se justifica que los transportistas, como sujetos activos de la prestación del servicio de transporte público deben estar comprometidos con los usuarios del servicio que tienen concesionado, de otorgarles un transporte seguro, permanente, regular, cómodo, eficiente e higiénico y, al mismo tiempo, cumplir con las disposiciones de la materia, sujetándose a la revisión y ordenación del servicio que les ha sido concesionado o autorizado, mediante las revisiones anuales que al efecto realiza la Dirección General de Transporte del Estado, por conducto del personal Operativo en cada una de las Delegaciones y Coordinaciones Regionales de Transporte con que cuenta, en cuyo proceso deben observarse los principios de transparencia, simplificación administrativa, eliminación de la discrecionalidad y combate a la corrupción.

Se instruye a la Secretaría de Seguridad Pública para que, a través de la Dirección General de Transporte del Estado, se lleve a cabo la revisión integral del proceso del otorgamiento de concesiones en todas sus modalidades y submodalidades previstas por la Ley de la materia y su reglamento, ya sea para personas físicas o morales que correspondan; en caso de no cumplir con los requisitos por la normatividad antes mencionada se iniciarán las sanciones correspondientes conforme a la Ley que nos rige.

Y se instruye a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado para que previa la presupuestación que al respecto realice la Secretaría de Seguridad Pública, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria, ministre los recursos financieros necesarios a ésta, para la ejecución y cumplimiento del Programa de Registro Vehicular Permanente para el Servicio de Transporte Público, en Todas las Modalidades y Submodalidades.