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Sección: Estado de Veracruz

Las palabras de la ley

¡Alcaldes y tablero de mandos!

Salvador Mart?nez y Mart?nez Xalapa, Ver. 03/05/2017

alcalorpolitico.com

Emil Brunner, en alguno de sus libros, escribió que si el ser humano consiguiese tener <<en la mano>> el futuro ni temería ni esperaría nada. En lugar de esperar lo que le <<trae>> el futuro, se sentaría, por decirlo así, ante la consola de dirección del futuro, sabiendo en cada momento qué botón ha de apretar. Sería maestro y señor del futuro.

En México, y particularmente en Veracruz, estamos bajo circunstancias en las cuales los ciudadanos vivimos una forma de existencia en la que el futuro se hace presente como angustia (angostura o callejón sin salida), ¡No se espera nada!



No obstante, en algunas elecciones municipales del Estado de San Luis Potosí, se tuvo la oportunidad de conocer la experiencia de la “urna electrónica”, por cierto de manufactura mexicana, y, por un instante fugaz, esta urna se asoció con el tablero de mandos del que habla Brunner. Al elector le bastaría picar una tecla (o hacer un “click”) para elegir un plan de gobierno por tres años (o por cuatro años, como es el caso actual de Veracruz).

La fugacidad de la asociación hizo que no se volviera a pensar en ello. Pero, de cara al temor (o terror) respecto del futuro inmediato. Nos hemos puesto a pensar que no se debe ni se puede alentar un comportamiento pasivo frente al futuro. Esto es, resulta necesario planificar y proyectar para el futuro. La confianza del ciudadano/elector en sí mismo es sumamente limitada, pues está temiendo lo que decidan los partidos políticos, los burócratas y los tecnócratas (o, tal vez, un poder mafioso tras de todos ellos).



Es posible que haya sido un error mencionar la palabra “urna”, pues en uno de sus significados usuales denota la caja de metal, piedra u otra materia, que entre los antiguos –y aun entre nosotros- servía y sirve, entre otras cosas, para guardar los restos o las cenizas de los cadáveres humanos y de estas urnas los veracruzanos y los mexicanos estamos hasta la coronilla. Dejemos, pues, de lado estas urnas y también la urna electrónica que sigue en fase experimental.

Hagamos referencia a la urna electoral como tablero de mandos. Entendida esta urna como el recipiente que se utiliza en los procesos de votación manual para que los electores depositen las papeletas o boletas en las que han expresado su voluntad, de manera que puedan conservarse sin divulgar el secreto de dicho voto, hasta que llegue el momento de escrutarlos al final de la votación.



En contra de lo que algunos opinan, la ciudadanía no odia las elecciones, simplemente –dado el fenómeno del hartazgo- les resultan indiferentes. La “plataforma ideológica del importamadrismo” prevalece sobre las opacas plataformas ideológicas de los partidos políticos o las pálidas propuestas de los candidatos independientes. Tampoco es verdad que los procesos electorales municipales apasionan a la ciudadanía, pues solamente se observan apasionados grupúsculos involucrados y en el resto de la ciudadanía domina la indiferencia.

En Veracruz estamos viviendo -¡sufriendo!- 212 procesos electorales municipales. ¿Qué es lo que está en juego dentro de cada proceso electoral? Muchas cosas, pero en este artículo se hace referencia a lo que dice la ley y, sobre este asunto, la ley también dice muchas cosas, hablemos de una: el bienestar.



La pregunta clave es ¿Sabe cada ciudadano lo que está en juego dentro de cada proceso electoral, según la ley? A guisa de ejemplo hagamos referencia a lo que dispone la Constitución Política de México, artículo 115, fracción III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales; b) Alumbrado público; c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; d) Mercados y centrales de abasto; e) Panteones; f) Rastro; g) Calles, parques y jardines y su equipamiento; h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito; e, i) Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socio-económicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera.

El bienestar en manos del alcalde y su cabildo. En México, el término “alcalde” es utilizado coloquialmente como sinónimo de presidente municipal, que es el funcionario público electo cada tres años (o cuatro años) para presidir un ayuntamiento, también llamado cabildo. La denominación de «presidente municipal» tiene su fundamento en el artículo 115 de la Constitución Política.



El presidente municipal es la figura unipersonal más importante del ayuntamiento. Responsable de la administración pública municipal, representante político del municipio y presidente del cabildo, concentra un conjunto de facultades que lo sitúan en una posición preeminente en la vida política municipal. Pues bien, antes de llegar a la Mesa Directiva de la Casilla en donde nos corresponda votar, por lo menos pesemos el pro y el contra de la persona a quien habremos de dar nuestro voto para presidente municipal. El voto es el botón del tablero de dirección del futuro.

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