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Sección: Estado de Veracruz

Alcaldía de Xalapa puede ser sancionada si incumple con transparencia, señala IVAI

- La presidenta del Instituto, Yolli García, fue cuestionada sobre negación de Alcaldía para informar sobre predio donado

- Aclara que si municipios son instruidos y no entregan información, proceden sanciones

Sandy Barradas Coatepec, Ver. 20/06/2019

alcalorpolitico.com


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La comisionada presidenta del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI), Yolli García Álvarez, indicó que en caso de que los ayuntamientos no cumplan en proporcionar la información que la ciudadanía les ha solicitado, luego de ser instruidos por el Instituto, pueden hacerse acreedores a una amonestación pública o una multa, hasta la destitución o inhabilitación del servidor público del área involucrada.

Lo anterior al ser cuestionada sobre la queja de vecinos que acusaron al Ayuntamiento de Xalapa de negarse a dar a conocer el oficio de donación del predio de la antigua Estación de Ferrocarriles Nacionales, a pesar de que el IVAI instruyó a proporcionar la información.

Abundó que ante la falta de cumplimiento se puede dar una amonestación pública o una multa de mil 200 pesos que no debe salir del erario público, o incluso puede dar lugar a que se solicite a los contralores internos que se inicie un procedimiento en contra de los servidores públicos, mismo que puede llegar hasta la destitución o inhabilitación del funcionario, dependiendo de la gravedad.



“Las solicitudes de información las tiene que hacer la ciudadanía ante los entes públicos y los primeros que tienen que contestar y entregar la información son ellos. Cuando ellos no lo hacen, los ciudadanos están legitimados para presentar un recurso de revisión y hasta entonces es cuando nosotros conocemos de la queja. Lo que hacemos es revisar que esa información que la genera el municipio o la resguarda, tiene obligación de entregarla”, detalló.

Explicó que cuando existe una queja por parte de la ciudadanía debido a que el sujeto obligado no proporciona lo solicitado, el IVAI hace una revisión y ordena el cumplimiento; sin embargo, también aclaró que la resolución debe quedar firme y a partir de esto se da un plazo de 15 días hábiles.

“Cuando la gente se queja de que un sujeto obligado no le entrega la información lo que hacemos es revisar y si tiene obligación ordenamos que la cumpla. Tenemos que esperar una vez que se ordena que se entregue, que la resolución quede firme, que nadie la impugne. Y tenemos que contar 15 días hábiles para que se pueda dar cumplimiento a la resolución; si no se da cumplimiento en ese plazo entonces podemos intervenir para exigir el cumplimiento.



“El primer paso es ordenarle al municipio que entregue lo que está solicitando la ciudadanía. El segundo paso es que si no lo hace en esos términos, entonces exigirle el cumplimiento y podemos llegar hasta sancionar a los servidores públicos del área encargada y después vincular al propio Cabildo y contralor para que ellos obliguen al cumplimiento; si no, las sanciones podrían trascender hasta ellos”, concluyó.