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Sección: Estado de Veracruz

Alcaldía impugnará amparo a Veolía; no aclara si atenderá entrega del relleno

- En comunicado, el Ayuntamiento, señaló que “aún están transcurriendo los plazos legales para impugnar”

- No obstante, no se especifica si atenderá resolución que ordena regresar operación a la empresa

- Directora de Asuntos Jurídicos califica de "falso" lo que nadie afirmó

Comunicado Xalapa, Ver. 24/05/2019

alcalorpolitico.com

Es falso que exista una sentencia condenatoria para que el Ayuntamiento de Xalapa pague a la empresa Veolia México adeudos, y se reitera que el servicio de recolección, así como la disposición final de los residuos sólidos está garantizado, afirmó la directora de Asuntos Jurídicos, Andrea Doria Ortiz Aguirre.

“Es falso que exista una sentencia de fondo en los distintos juicios que el Ayuntamiento ha interpuesto contra la empresa Veolia en defensa de los derechos a vivir y desarrollarse en un ambiente sano y a la salud, que habían sido vulnerados por años”, detalló.

La funcionaria dijo que lo que existe es una resolución y aún están transcurriendo los plazos legales para que pueda ser impugnada por la autoridad municipal, “y así ocurrirá, ya que consideramos que se encuentra al margen de la ley”.




NOTA DE LA REDACCIÓN:

Hace especial énfasis la funcionaria municipal en el breve comunicado, en su afirmación de que “es falso” que exista “sentencia condenatoria” y en que “es falso” que exista “sentencia de fondo en los distintos juicios que el Ayuntamiento”.

Lástima que siendo una experta del Derecho, niegue lo que no se ha afirmado en nuestra nota publicada (nos arrobaron el comunicado), lo que en cambio sí consigna la nota de alcalorpolitico.com, es que: “El representante de Veolia dio a conocer que el Ayuntamiento puede apelar esta sentencia, no obstante, en primeras instancias les tienen que regresar la operación”.



Está muy claro que en el proceso, el Ayuntamiento está obligado a apelar a otras instancias, lo cual lo enuncia al final como de pasada la Funcionaria, pero en cambio, niega lo que no se ha afirmado y desatiende puntos importantes que esta etapa del proceso de amparo, tiene ya confirmados.