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Sección: Estado de Veracruz

Alistan Comité que analizará preliberación de personas recluidas en penales del país

- Identificará a quienes tengan prisión preventiva que exceda el plazo legal

- También a quienes sufrieron tortura en obtención de pruebas incriminatorias

- No aplicará a señalados de trata de personas, secuestro o delincuencia organizada

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 26/08/2021

alcalorpolitico.com

A más tardar este viernes deberá instalarse el Comité de carácter permanente y obligatorio, que hará un análisis de la información de las personas presas y evaluará los casos en los que se pueda aplicar el beneficio de la preliberación.

Andrés Manuel López Obrador, presidente de la República, emitió el Acuerdo que instruye a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana a realizar acciones para gestionar, ante las autoridades competentes, las solicitudes de preliberación de personas sentenciadas, así como para identificar casos tanto de personas en prisión preventiva, como aquellas que hayan sido víctimas de tortura.

El Acuerdo señala que el Comité, que estará integrado por servidores públicos de las instancias de seguridad pública, prevención y reinserción social de la Administración Pública Federal, deberá tomar en cuenta los siguientes casos:

Personas adultas mayores que cuenten con sentencia ejecutoriada y que sean portadoras de una enfermedad crónico-degenerativa o terminal; personas en prisión preventiva que exceda el plazo establecido en la ley; y personas que hayan sido víctimas de tortura para la obtención de pruebas incriminatorias en su proceso penal.

El beneficio de la preliberación no se aplicará en los casos de delitos contra el libre desarrollo de la personalidad; trata de personas; delincuencia organizada; secuestro; ni otros delitos que merezcan prisión preventiva oficiosa.

Una vez instalado, el Comité Dentro tendrá un plazo no mayor de 15 días hábiles para emitir las Reglas de Operación.

La Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, a través del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, dentro de un plazo máximo de 45 días naturales contados a partir de que el Comité emita sus Reglas de Operación, presentarán un diagnóstico del análisis que determinará los casos en los que se podrá aplicar el beneficio de la preliberación.