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Sección: Nacional

Analizan reforma a Ley de Aguas Nacionales, para la renovación de concesiones

- Existen 270 mil 303 asignaciones vigentes de aguas nacionales: CONAGUA

- El objetivo es dar certeza a municipios en el abastecimiento del agua potable y evitar uso de reservas acuíferas

Ignacio Arellano Mora M?xico, DF. 10/03/2014

alcalorpolitico.com

La Comisión de Recursos Hidráulicos, analiza reformas a la Ley de Aguas Nacionales, para que las concesiones de aguas nacionales, en especial las de uso doméstico y público urbano, puedan renovarse a más tardar un día antes del vencimiento, lo que dará certeza a los municipios en el abastecimiento del agua potable y evitará el uso de las reservas acuíferas.

En una iniciativa, la diputada federal, Dulce María Muñiz Martínez, precisó que debido a la falta de documentación, la lejanía de las oficinas de Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), o por el analfabetismo en el medio rural, se busca modificar el plazo determinado para realizar el trámite, a fin de dar certidumbre y permitir que los sujetos beneficiarios puedan iniciarlo a más tardar un día antes del vencimiento.

Resaltó que de acuerdo con la CONAGUA, en la actualidad se cuenta con 270 mil 303 asignaciones o concesiones de aguas nacionales vigentes, de las cuales 41 mil 54 caducarán entre 2014 y 2016, y 66 mil 417 lo hicieron desde 2009 y hasta este año.



La problemática para los municipios y gobiernos locales, mencionó, se presenta en cuanto a las asignaciones no renovadas, que por el vencimiento de los plazos dejan en incertidumbre jurídica a sus organismos prestadores del servicio de agua potable, lo cual los somete a presiones que derivan en el uso de las reservas acuíferas.

Muñiz Martínez, argumentó que como consecuencia del crecimiento de la población, la disponibilidad de agua ha disminuido de manera considerable, pues en 1910 era de 31 mil metros cúbicos por habitante al año; para 1950 había disminuido un poco más de 18 mil metros cúbicos; en 1970 se ubicó por debajo de los 10 mil metros cúbicos; en 2005 era de 4 mil 573 metros cúbicos y para 2010 disminuyó a 4 mil 230 metros.

Datos de la CONAGUA, mencionó, reportan que la sobreexplotación de los acuíferos es un grave problema que ha ido en aumento, pues en 1975 había 32 en esta condición; 10 años después eran 80 y para el 2010 la cifra ascendió a 105.



También, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales indica que el 40 por ciento del territorio tiene condiciones anormalmente secas y 17. 5 por ciento empieza a sentir estos efectos con los que están afectados 806 municipios en 28 entidades, y anunció que se reducirá la lluvia para los años venideros.

Ante tal situación, manifestó, es preciso revisar las prioridades en las obligaciones de los concesionarios para tener una explotación más responsable, generar facilidades administrativas por parte del Ejecutivo federal en la regularización de las concesiones y vigilar el cumplimiento de los plazos establecidos para cada concesión, a fin de evitar con ello la evasión de las contribuciones fiscales establecidas en el Registro Público de Derechos del Agua.

“Es imperativo asegurar que los gobiernos municipales cumplan con la satisfacción del servicio de agua potable a los pobladores, considerando la figura de asignación que la autoridad del agua le otorga; esto es, el título que debe otorgar y en su caso renovar la CONAGUA, considerando lo dispuesto en la ley”, añadió la diputada priista Dulce María Muñiz.



Indicó que el texto vigente del artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, detalla que el término de la concesión o asignación para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, no será menor de cinco ni mayor de 30 años. Con la posibilidad de renovar considerando el antecedente, dando prioridad al desarrollo y al beneficio social y, la consideración temporal de las prórrogas establecidas en artículo 22 de la propia ley.

Con la adición de un segundo párrafo y reforma en el tercer párrafo del artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, no sólo se busca que la renovación sea un día antes del vencimiento, sino también que la concesión o asignación de las aguas de uso domestico y público urbano, tratándose de lo relacionados con agua potable y alcantarillado sanitario, se le otorgue por el plazo máximo establecido en esta ley.