El Registro Nacional de Deudores Alimentarios y Agresores Sexuales debe estar conformado, “a fuerza”, antes del inicio de la fase de los partidos políticos para la selección de sus candidatos al proceso electoral 2023-2024, manifestó Josué Cervantes Martínez, vocal Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral.
La reforma a los artículos 38 y 102 de la Constitución Política del país, ya conocida como la “Ley 3 de 3”, que entró en vigor el martes de esta semana, suspende los derechos o prerrogativas de los ciudadanos cuando sea declarada como persona deudora alimentaria morosa y/o agresora sexual.
Además, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
La reforma ordena que en un plazo de 180 días naturales se tienen que hacer las adecuaciones necesarias, entre ellas, la conformación Registro Nacional de Deudores Alimentarios y Agresores Sexuales.
Al respecto, Cervantes Martínez señaló que por tratarse de un mandato constitucional dicho padrón debe estar conformado antes de la selección de los candidatos a Presidente de la República, senadores y diputados federales, y para el caso de Veracruz, a los candidatos a Gobernador y diputados locales.
“Si es una obligación constitucional y si la reforma es ratificada por las Legislaturas locales, se tiene que cumplir obligadamente y tendríamos que tener con ese padrón, a fuerza; no puede dejarse de cumplirse con la Constitución”.
Al menos, dijo, el INE deberá modificar la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley Reglamentaria.
La reforma debe ratificarse en los congresos locales para evitar que para el proceso electoral concurrente que se avecina sean postulados agresores sexuales y deudores alimentarios, y en ese sentido, señaló, “quién podría estar en contra de esa regla que fue aprobada, casi por unanimidad, por la Cámara de Diputados”.