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Sección: Estado de Veracruz

API exigirá a sus empleados “buena presentación” para ingresar a laborar

Reglamento Interno de Trabajo dispone que deben vestir adecuadamente y limpiar los zapatos a diario

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 09/01/2020

alcalorpolitico.com

Para ingresar a laborar al Sistema Portuario Veracruzano S.A de C.V. (API), es necesario cumplir con los requisitos de vestir adecuadamente y limpiar los zapatos diariamente.

Lo anterior, forma parte de las nuevas disposiciones del Reglamento Interno de Trabajo de API Veracruz, que es de carácter obligatorio para todo el personal, de confianza, de base y temporales.

Se establece que para ingresar como trabajador es necesario cumplir con los requisitos siguientes:



Disponibilidad de horario; comprometerse al cumplimiento de metas; vestir adecuadamente, sin ser ropa corta ni deportiva; limpiar los zapatos diariamente; gozar de buena salud en general y en caso de enfermedad contagiosa abstenerse de presentarse a laborar, así como obtener la incapacidad médica por el tiempo que determine el galeno adscrito al IMSS.

La aplicación de Reglamento corresponde al titular de Dirección General o Representante de API, quien coordinará su aplicación con los representantes de los trabajadores, creándose para ello una Comisión Mixta de Seguridad, Higiene y Disciplina, que se formará con el Coordinador Administrativo, quien fungirá como presidente de dicha comisión, quien podrá delegar sus funciones a quien él mismo designe.

La Comisión quedará integrada, además, por tres representantes de los trabajadores que serán designados en asamblea general.



El Coordinador Administrativo y trabajadores integrarán la referida Comisión, así como los empleados de acuerdo con el nivel jerárquico y el área de trabajo, están obligados a cuidar de la estricta observancia del Reglamento dentro del lugar y área de trabajo que les corresponda.

Entre las disposiciones también queda definido que la duración de la jornada de trabajo será de ocho horas si es diurna, de siete horas si es nocturna y siete horas y media si es mixta y los horarios de entrada y salida serán fijados por los Gerentes de sucursal en donde estén asignados, pero siempre dentro de los márgenes legales. Esto en el caso de puertos fuera de la ciudad de Veracruz.

La jornada de trabajo podrá excederse por circunstancias extraordinarias, sin exceder de tres horas diarias, ni de tres veces a la semana.



El incumplimiento a las normas del Reglamento por parte de los trabajadores será sancionado por API, de acuerdo a la gravedad de la falta y a las circunstancias especiales del caso, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o administrativas en que pudieran haber incurrido.

Las sanciones disciplinarias serán las siguientes:

Amonestación verbal; amonestación por escrito con copia al expediente del trabajador; suspensión temporal de su jornada de trabajo de 1 a 5 cinco días sin goce de sueldo, de acuerdo a la gravedad de la falta; y suspensión de gratificaciones e incentivos.