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Sección: Estado de Veracruz

Aprueba Consejo Editorial del Gobierno lineamientos para publicación de obras

- El Consejo establecerá un plan anual para concretar proyectos de edición y coedición con Editora del Gobierno

- Emite requisitos para los autores que busquen apoyo estatal para editar, publicar o comercializar su obra

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 07/09/2019

alcalorpolitico.com

Obras de autor, coediciones, guías e instructivos, cuadernos y obras con fines didácticos, compilaciones y antologías, memorias y traducciones, son las publicaciones que podrán ser consideradas por el Consejo Editorial del Gobierno del Estado para ser editadas en forma impresa, electrónica o audiovisuales.

El Consejo Editorial aprobó los Lineamientos Editoriales que determinan los criterios, las recomendaciones y las normas institucionales para el diseño y contenido de las publicaciones impresas y electrónicas del Gobierno del Estado de Veracruz y sean aprobadas por este Órgano Colegiado, con base en un Programa Editorial Anual (PEA) para concretar proyectos de edición y coedición que el Gobierno del Estado realice a través de la Editora de Gobierno.

Se determinó que los autores que remitan una propuesta de publicación al Consejo Editorial, para que ésta sea evaluada para poder recibir apoyo en su edición, publicación o comercialización, deberán cumplir con lo siguiente:



Ser los titulares primigenios de los derechos morales de la obra y de los derechos patrimoniales y estar dispuestos a ceder los derechos de edición, publicación y comercialización, mediante contrato celebrado con el Gobierno del Estado, conservando los derechos de autoría y propiedad intelectual.

En caso de obras publicadas electrónicamente, estar dispuestos a otorgar el permiso público para compartir y permitir el uso y la reproducción del contenido de su obra mediante Licencias Creative Commons, u otro mecanismo autorizado de reproducción con “Ciertos Derechos Reservados” y evidenciar que el trabajo sometido cumple con esos requisitos.

En el caso de que el autor elija un esquema distinto al de “Creative Commons” deberá especificarlo al momento de someter su trabajo, explicando las razones para ello, a fin de que la solicitud sea evaluada por el Consejo Editorial; y una vez que un trabajo sea aceptado, los derechos patrimoniales serán establecidos de común acuerdo y por escrito entre los autores y el Consejo Editorial.



El envío de cualquier propuesta al Consejo Editorial para su publicación, supone el compromiso del autor de no someterlo a la consideración de otros editores, así como de mantener estricta confidencialidad acerca del asunto, en tanto el Consejo resuelva al respecto.

Tras la revisión de la propuesta, el Consultor Editorial emitirá una opinión por escrito, en la cual deberá especificar si la obra cumple con los requisitos mínimos editoriales, de calidad, que sean obras originales, su carácter, así como el uso correcto del lenguaje y autoría. Dicha opinión deberá remitirla al Secretario Técnico para que éste a su vez, pueda mantener informado al Consejo Editorial respecto de las propuestas recibidas y deberá elaborar el dictamen.

El Dictamen deberá considerar la fecha sugerida para comenzar el proceso editorial. Será función del Secretario Técnico coordinar la integración al Plan Anual de Publicaciones y brindar fecha estimada para iniciar el proceso editorial de las obras aprobadas por el Consejo.



El Consejo Editorial determinará el fondo de financiamiento para la impresión de las obras literarias aprobadas, en el que se notificará si será por coedición y aportación o presupuesto gubernamental analizando en todo caso el costo de producción, cumpliendo siempre con las disposiciones jurídicas aplicables.

Y los términos y condiciones serán establecidos mediante contrato o convenio celebrado con el Consejo Editorial, por los conductos normativos idóneos, en los que incluirán los términos, tiempos y aportación; tiraje, derechos de autor, regalías, distribución y comercialización, entre otros.