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Sección: Estado de Veracruz

Aún sin concluir proceso electoral 2020/2021, OPLE toma vacaciones

Está en etapa de impugnación y volumen de juicios disminuyó considerablemente, justifica

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 24/09/2021

alcalorpolitico.com

Con motivo del periodo vacacional para el personal y consejeros del Organismo Público Local Electoral (OPLE), del 20 de septiembre al 8 de octubre de este año, se suspendieron todos los plazos judiciales, administrativos y en materia electoral, que no estén vinculados a Proceso Electoral 2020/2021.

La suspensión de plazos con motivos del primer periodo vacacional en el OPLE fue comunicado a los partidos políticos y a las autoridades competentes para los efectos legales a que haya lugar.

En el Acuerdo aprobado, los consejeros reconocieron que resulta un hecho público y notorio que el proceso electoral ordinario 2020- 2021 aún se encuentra en etapa de impugnación.

A la fecha, el estatus de las impugnaciones es el siguiente:

Pendientes de resolver por el Tribunal Electoral de Veracruz, 32 por la elección de Ayuntamientos y 1 por la elección de Diputados Locales; e impugnados en la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 23 de Ayuntamientos y 1 de Diputados.

En espera de posible impugnación en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación hay 11 de Ayuntamientos y 1 de Diputados Locales; e impugnados en Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 15 de Ayuntamientos y 1 de Diputados Locales.

Los consejeros expusieron que es posible concluir que el volumen de medios de impugnación, cuya resolución se encuentra pendiente, ha disminuido de manera considerable.

Lo cual reduce en gran medida la carga laboral derivada de los mismos, sin embargo, la referida cadena impugnativa puede extenderse hasta antes del 1° de enero de 2022, fecha en la que tomarían protesta los ediles electos durante el citado proceso electoral.

En el mismo sentido, se debe considerar la posibilidad de elecciones extraordinarias, cuya organización implicaría una continuación de las cargas laborales emanadas del Proceso Electoral Ordinario 2020-2021.

No obstante, es necesario reconocer que los trabajadores del OPLE cuentan con el derecho inalienable a gozar de periodos vacacionales, tal y como lo establece la Ley Federal del Trabajo.