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Sección: Estado de Veracruz

Autorizan a Ayuntamiento de Nogales cobrar multas federales

- Será a partir de este sábado; se exceptúan las de tipo fiscal

- Acuerdo beneficiará al municipio que recibirá 90% de lo recaudado

- El 8% será para el Estado y el 2% restante para el Gobierno Federal

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 17/07/2021

alcalorpolitico.com

A partir de este sábado, el Ayuntamiento de Nogales asume las funciones operativas de administración y cobro de las multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, a infractores domiciliados en la demarcación municipal.

Con la autorización del Congreso del Estado, la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN) y el Ayuntamiento de Nogales firmaron un convenio de colaboración administrativa que tendrá vigencia indefinida, en tanto se cumpla con el objetivo o una de las partes determine cancelarlo.

Por asumir funciones recaudatorias de multas federales, el Municipio recibirá como incentivo el 90 por ciento del monto total recaudado; el Gobierno del Estado el 8 por ciento y el 2 por ciento restante será en beneficio del Gobierno Federal.



En la administración y cobro de las multas, el convenio otorga al Municipio facultades para requerir el pago de las mismas, determinar sus correspondientes accesorios y recaudar dichos conceptos, incluso a través del procedimiento administrativo de ejecución, tratándose de infractores domiciliados en la entidad o, en su caso, en el Municipio de que se trate.

Otras facultades que tendrá son la de autorizar el pago de las multas de modo diferido o en parcialidades, con garantía del interés fiscal; recaudar las multas a través de las instituciones previamente autorizadas y efectuar la devolución de cantidades pagadas indebidamente.

Además, en materia administrativa, el Municipio en representación de la Federación intervendrá como parte de los recursos o juicios ante los Tribunales competentes, asumiendo la responsabilidad de la defensa de los mismos cuando se susciten con motivo del ejercicio de sus facultades.



Ante SEFIPLAN, el Municipio deberá hacer una rendición de cuenta mensual comprobatoria de los ingresos obtenidos por el pago de las multas y un informe bimestral de los trámites realizados y el estado comparativo de la cartera pendiente de cobro de las multas. A la conclusión de cada ejercicio fiscal, igualmente, entregará un resumen anual de resultados.

Ambas partes están conscientes que la negativa a dar cumplimiento a las obligaciones del convenio, o la existencia de un daño patrimonial derivado de una conducta ilícita cometida por el Municipio, dará lugar al fincamiento de las responsabilidades y sanciones administrativas a que tengan lugar, independientemente de las civiles o penales que pudieran resultar.