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Sección: Estado de Veracruz

Avala Congreso al Poder Judicial la construcción de 17 ciudades judiciales con monto de casi 4 mmdp

- Será mediante contratos de Asociación Público-Privada

- Consistirán en uno o varios edificios destinados a oficinas e instalaciones para operar como centros de impartición de justicia

- El plazo máximo autorizado para cada uno de los contratos será de 25 años o hasta 300 meses

Jos? Topete Xalapa, Ver. 28/09/2017

alcalorpolitico.com

El Pleno del Congreso avaló al Poder Judicial para que, por medio de su Consejo de la Judicatura, lleve a cabo uno o más contratos de Asociación Público-Privada para la construcción, equipamiento, conservación y mantenimiento de 17 ciudades judiciales.

Se trata de los espacios que serán construidos en los municipios de: Coatzacoalcos, Orizaba, Poza Rica, Acayucan, Huatusco, Misantla, Papantla, Tantoyuca, Huayacocotla, Chicontepec, Ozuluama, Zongolica, Minatitlán, Martínez de la Torre, Tuxpan, Boca del Río y Tierra Blanca.

Estas ciudades judiciales consistirán en uno o varios edificios destinados a oficinas e instalaciones, para operar como centros de impartición de justicia.



Contarán con juzgados, salas de juicios orales, centros de mediación y de convivencia familiar, central de actuarios, oficialía de partes común, defensoría de oficio, auditorios, estancias infantiles y administración general.

Según el decreto que avalaron los 27 diputados que acudieron a la sesión extraordinaria de este jueves, el Poder Judicial del Estado deberá sujetarse a las disposiciones legales aplicables y a diferentes límites establecidos.

Se especificó que el monto total de las obligaciones en las que se podrá incurrir con motivo de la celebración de los contratos de Asociación Público-Privada, considerados en su conjunto, ascenderá a la cantidad de hasta 3 mil 965 millones 173 mil 500 pesos; más el Impuesto al Valor Agregado.



Esto ya que de acuerdo al estudio realizado se estimó que la inversión necesaria para la construcción, equipamiento, conservación y mantenimiento de las 17 Ciudades Judiciales asciende a un monto de hasta mil 301 millones 622 mil pesos, más IVA, rendimientos y mantenimiento.

Dichas obligaciones señaladas se pretende que sean cubiertas en un plazo de 300 meses, lo que da como resultado montos pagaderos mensuales de hasta 13 millones 217 mil 245 pesos, más IVA; mismos que incluyen el componente de inversión pública productiva (valores reales a actualizarse conforme a la inflación).

Lo anterior, sin perjuicio de que el Poder Judicial podrá licitar los contratos de Asociación Público-Privada de manera conjunta o separada, asignando a cada contrato el monto que le corresponda.



El plazo máximo autorizado para cada uno de los contratos de Asociación Público-Privada será de 25 años o hasta 300 meses; contados a partir de la fecha de conclusión de las obras del contrato respectivo.

De acuerdo con el dictamen los recursos deberán ser destinados a inversiones públicas productivas, así como servicios, en el entendido de que en el componente de pago se incluirá la inversión pública productiva realizada.

Igualmente, la fuente primaria de pago de las obligaciones derivadas de los contratos de Asociación Público-Privada serán las partidas autorizadas al Poder Judicial en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado, sin perjuicio de que, para cada contrato, se podrá instrumentar una garantía y/o fuente alterna de pago.



De esta manera, los legisladores autorizaron al Poder Judicial para que, en colaboración con el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, gestione, negocie y suscriba los contratos y demás documentos necesarios para instrumentar, para cada contrato de Asociación Público-Privada que celebre, una garantía y/o fuente alterna de pago de las obligaciones derivadas del contrato respectivo.

Así, dentro del proyecto los diputados también autorizaron al Poder Judicial la asignación presupuestaria multianual bajo la modalidad de proyecto de Asociación Público-Privada en el Presupuesto de Egresos del Estado, para llevar a cabo el desarrollo del proyecto de construcción de las ciudades judiciales.

Lo anterior en el entendido de que en los ejercicios fiscales subsecuentes, durante los cuales continúen vigentes los contratos, el Congreso Local deberá aprobar las asignaciones presupuestales suficientes para cumplir con el pago de las contraprestaciones pactadas en los contratos.



En otro de los artículos del decreto, avalaron que solicite al Poder Ejecutivo, por conducto de la SEFIPLAN, la afectación de las participaciones federales del Estado que sean necesarias para respaldar la garantía o fuente alterna de pago por el tiempo necesario, para liquidar totalmente las obligaciones derivadas de los contratos correspondientes que, en su caso, se celebren conforme a los artículos precedentes.

El Poder Judicial deberá constituir y signar, en el momento legal oportuno, el o los fideicomisos de administración, garantía y fuente de pago; así como la constitución de las reservas correspondientes para el cabal cumplimiento de las obligaciones contraídas en el o los contratos a largo plazo, para el desarrollo del proyecto que se autoriza.

Las obligaciones y la fuente de pago o garantía correspondiente, en el momento legal oportuno, deberán ser inscritas en el Registro Estatal de Obligaciones del Estado y en el Registro Único de Obligaciones y Empréstitos que tiene a su cargo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).



Por último, le deberá informar al Congreso, una vez realizado el o los procesos competitivos, el nombre de la empresa o empresas con las que celebrará el o los contratos para realizar el proyecto de Asociación Público-Privada para la construcción, equipamiento, conservación y mantenimiento de las 17 ciudades judiciales.