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Sección: Estado de Veracruz

Avalan diputados disminuir costo de multas de Tránsito en Veracruz

- Ejecutivo contará con 60 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto para modificar reglamento

- Pago dentro de 5 días siguientes a imposición de la sanción dará lugar a descuento del 50%

Jos? Topete Xalapa, Ver. 26/06/2017

alcalorpolitico.com

Por unanimidad, los legisladores locales de todas las fracciones, avalaron con 45 votos a favor la iniciativa enviada por el gobernador Miguel Ángel Yunes Linares, que reduce el costo de las multas de Tránsito para las unidades de transporte público o particular.

No obstante, de acuerdo con los artículos transitorios, el Gobierno del Estado contará con un plazo de 60 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto, a efecto de realizar las modificaciones reglamentarias correspondientes.

Igualmente, el dictamen estableció que el pago dentro de los cinco días siguientes a la imposición de la sanción, dará lugar a un descuento del 50 por ciento del total, excepto si se conduce en estado de ebriedad.



Con esto se establece que las infracciones “leves” se aplicarán cuando no se pone en riesgo la vida o el patrimonio de personas, con sanciones de 5 a 15 Unidades de Medida y Actualización, cuando a la fecha van de 10 a 25 salarios mínimos.

Por su parte, las “graves” cuando sin poner en riesgo la vida, se afecten la integridad física, el patrimonio de las personas o el interés colectivo; de 16 a 30 UMAS, siendo a la fecha de 26 a 40 salarios mínimos.

Las infracciones podrán considerarse como “muy graves” cuando, además de poner en peligro la vida o la integridad física, se ocasionen daños a más de una persona o se afecte la vía pública o la infraestructura urbana y cuando se conduzca en estado de ebriedad, por lo que se aplicarían de 31 a 40 UMAS; aunque a la fecha oscilan entre 40 y 80 salarios mínimos.



Asimismo, se establece que las multas ''especiales'', serán cuando con motivo de la conducción de un vehículo se ocasionaren lesiones, produciendo al ofendido la pérdida de cualquier extremidad, órgano o disfunción, se cause una deformidad incorregible y se ocasione incapacidad permanente para trabajar, con una multa de 41 a 100 UMAS; a la fecha cuestan entre 81 a 500 días de salario mínimo.

Igualmente, cuando se cause la muerte, de 101 a 200 UMAS y cuando en una misma conducta se infrinjan dos o más disposiciones se anotarán los folios correspondientes en la boleta de infracción, es decir, se acumularán.

Previamente, la propuesta fue turnada a la Comisión Permanente de Transporte, Tránsito y Vialidad y tras su aprobación derogó la fracción XXVIII del Artículo 3, reformando el Artículo 153 de la Ley Número 561 de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado.