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Sección: Estado de Veracruz

Avalan ley para garantizar derechos de personas con autismo, en Veracruz

Secretarías de Educación y Salud tendrán la obligación de garantizar su inclusión y no discriminación

José Topete Xalapa, Ver. 12/07/2018

alcalorpolitico.com

Diputados del Congreso del Estado aprobaron por unanimidad, con 42 votos a favor, la Ley para la Atención, Intervención, Protección e Inclusión de las Personas con Trastorno del Espectro Autista para el Estado.

Principalmente, dicho marco plantea garantizar los Derechos de quienes padezcan este trastorno, blindando garantías como el acceso a una “educación inclusiva, equitativa, efectiva en cobertura y eficaz”.

Así, la Secretaría de Educación de Veracruz tendrá la obligación de garantizar que el Sistema Educativo Estatal tenga dichos beneficios.



También se busca transitar, en el marco de la educación especial a que se refiere la Ley de Educación para el Estado, de los Centros de Atención Múltiple a escuelas de educación regular.

Dentro de los artículos transitorios quedó estipulado que el titular del Ejecutivo Estatal expedirá las disposiciones reglamentarias faltantes en un plazo no mayor a sesenta días naturales partir de la entrada en vigor de la misma.

Por su parte, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Educación y el DIF estatal, a través del Centro Estatal para la Detección y Atención del Autismo, someterán a consideración del Ejecutivo las políticas y programas en materia de Trastorno del Espectro Autista en un plazo que no rebase los noventa días.



En un plazo de noventa días naturales posteriores a la entrada en vigor del Reglamento, la SEV deberá de expedir el “Manual de Apoyo a Docentes en Trastorno del Espectro Autista” y el “Protocolo de Actuación para la Atención de las Personas con Trastorno del Espectro Autista”.

A partir de la entrada en vigor de Ley, quedará prohibido rechazar su atención en clínicas y hospitales del sector público y privado; negar la orientación necesaria para un diagnóstico y tratamiento adecuado y desestimar el traslado de las personas con este padecimiento a instituciones especializadas.

Entre otros apartados queda prohibido impedir, negar o desautorizar la inscripción en los planteles educativos públicos y privados; el acceso a servicios públicos y privados de carácter cultural, deportivo, recreativo, así como de transportación y alimentación.



Esto ya que dicho marco legal obliga a las autoridades federales, estatales, municipales y a los organismos autónomos, con el objeto de implementar de manera progresiva las políticas y acciones correspondientes en beneficio de las personas con esta condición.

Los legisladores establecieron que las políticas públicas deberán ayudar a que las personas con este trastorno gocen de autonomía, fomenten la igualdad, inclusión, equidad, justicia social, entre otros puntos.

Así se proyecta que el Gobierno del Estado y los municipios se coordinarán con el Gobierno Federal, mediante la celebración de convenios, con el objeto de alinear los programas estatales con la política pública y los presupuestos que se autoricen para tal fin.



Las personas con el Trastorno del Espectro Autista espectro podrán solicitar y tener una evaluación médica, psicológica, psiquiátrica y social, así como tener garantizado un diagnóstico temprano, preciso, accesible, actualizado “y sin prejuicios”, de acuerdo con los objetivos del Sistema Nacional y Estatal de Salud.

Al mismo tiempo deberán de contar con una evaluación continua y detección temprana multidisciplinaria, precisa, accesible, actualizada y equitativa.

También podrán recibir consultas clínicas y contar con terapias de habilitación especializadas, oportunas y eficaces en la red hospitalaria del Estado; ser sujetos de los programas públicos de vivienda; participar en la vida productiva con dignidad e independencia y recibir formación y capacitación para obtener un empleo adecuado.



Para lo anterior se constituirá una Comisión Interinstitucional para la Atención, Intervención, Protección e Inclusión de las Personas con Trastorno del Espectro Autista como una instancia de carácter permanente del Ejecutivo del Estado, que tendrá por objeto garantizar que la ejecución de los programas de atención.

Se estableció que las responsabilidades y faltas administrativas, así como los hechos delictivos que eventualmente se cometan por la inobservancia de la nueva Ley, se sancionarán de conformidad con lo que establecen la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado.