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Ayuntamiento de Xalapa actualiza padrón de pensionados, jubilados y adultos mayores

Para beneficiarse con los descuentos en el predial y limpia pública

Xalapa, Ver. 30/09/2008

alcalorpolitico.com

Con el fin de simplificar el pago del impuesto predial y limpia pública, la Tesorería Municipal informa a la población que en apego a los lineamientos, que del 1 de octubre al 28 de noviembre se actualizará el padrón de jubilados y adultos mayores, por lo que los interesados deben acudir al módulo que se ubica en los bajos del Palacio Municipal.

Lo anterior lo informó el Tesorero Carlos Blanco Mota, quien señaló que para la inscripción y actualización de los datos, personal capacitado atenderá y recibirá la documentación correspondiente de 8:30 a 12:30 horas en el Palacio Municipal, de lunes a viernes.

Por su parte, el subdirector de Ingresos, Jorge Téllez Girón Alducín, recordó que la medida es para simplificar el pago de los gravámenes que por ley se cubren en los meses de enero y febrero beneficiando a este sector con el descuento del 50 por ciento en el pago anual anticipado, correspondiente al 2009.

El funcionario dio a conocer que los requisitos son: habitar el inmueble y no tener adeudos con el fisco municipal y señaló que esta prerrogativa se aplicará únicamente a un inmueble cuyo titular sea el solicitante.

Este beneficio también aplica para las viudas o concubina del jubilado, legalmente reconocida, tal y como lo estipula el artículo 122 del Código Hacendario para el Municipio de Xalapa, al igual que los adultos mayores de 60 años, siempre y cuando el valor catastral no exceda a los 10 mil salarios mínimos, equivalente a 514 mil pesos.

El Subdirector de Ingresos, Jorge Téllez Girón, manifestó que el descuento del 50 por ciento, para el próximo año procederá para los contribuyentes que paguen la cuota mínima, equivalente a tres salarios mínimos, durante el periodo de enero y febrero del 2009.

Los documentos que deberán entregar para la inscripción o actualización del padrón son: original y copia de la credencial de elector; con domicilio de la propiedad a pagar; recibos del Impuesto Predial y Limpia Pública del 2008; último recibo de pago de la pensión y credencial vigente que lo acredite como jubilado, pensionado, INAPAM o INSEN.

En caso de que la solicitud sea presentada por el cónyuge que sobrevive, deberá presentar fotocopia del acta de defunción del pensionado o jubilado, así como el acta de matrimonio, que ampare la sociedad conyugal. Para las concubinas, copia del acta de defunción del pensionado o jubilado y acta de nacimiento de alguno de los hijos de ambos.