El presunto daño patrimonial por mil 671 millones 385 mil 720.28 pesos cometido por los 212 Ayuntamientos de Veracruz durante el Ejercicio Fiscal 2020 se originó básicamente por irregularidades o incumplimiento a las disposiciones aplicable en la aplicación de los recursos públicos y en la ejecución de la obra pública.
Entre las principales observaciones financieras-presupuestales en los Ayuntamientos destacan anticipos a sueldos y salarios o de obra pública no amortizados y/o recuperados y traspasos entre fondos no reintegrados a sus cuentas bancarias de origen.
Saldos de deudores diversos cancelados sin evidencia documental, nóminas sin requisitos y expedientes unitarios incompletos, baja de bienes sin cumplir disposiciones legales y adquisición de bienes y/o servicios sin evidencia de aplicación o del servicio prestado.
Otras de las irregularidades detectadas son erogaciones sin comprobación y/o sin evidencia de trabajos realizados, donativos sin evidencia de recepción de los beneficiarios, erogaciones con documentos sin requisitos de autenticidad y saldos no ejercidos de recursos de programas y/o fondos federales.
Además, entre las principales observaciones técnicas a la obra pública figuran falta de factibilidad y validación de proyectos de las dependencias normativas, falta o actualización de títulos de concesión para el aprovechamiento de aguas y carencia de permisos de descarga de aguas residuales.
Así como falta de documentación comprobatoria del gasto, falta de Actas de Entrega Recepción a las instancias correspondientes, recursos aplicados en rubros o regiones no autorizados en la fuente de financiamiento, falta de acreditación de la propiedad del predio donde se realizó la obra, pagos en exceso por costos elevados y falta de compromiso legal.
Las actuales administraciones municipales concluyen su periodo constitucional el próximo 31 de diciembre, sin embargo, las observaciones deberán hacerse del conocimiento a los servidores públicos o personas responsables de su solventación, aun cuando se hayan separado del cargo público, a efecto de que presenten las aclaraciones y la documentación justificatoria y comprobatoria que las solvente debidamente.