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En el C?digo Penal de Veracruz

Cadena perpetua para el homicidio calificado, proponen diputados

La Comisión de Justicia elabora su dictamen y lo propondrá al Pleno del Congreso Local este jueves para su aprobación

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 12/08/2008

alcalorpolitico.com

No sólo el secuestro, sino también el homicidio calificado sería castigado con la prisión vitalicia o cadena perpetua, de acuerdo al dictamen de la Comisión de Justicia y Puntos Constitucionales que el próximo jueves se presentará al pleno del Congreso local para su aprobación.

Y es que la iniciativa de reforma a los artículos 48 y 163 del Código Penal de Veracruz sólo impone la prisión vitalicia al delito de secuestro, por lo que la comisión dictaminadora está proponiendo incluir la misma sanción al delito de homicidio calificado.

Por ello, la comisión dictaminadora sugerirá reformas a los artículos 45, 88, 89, 130 y 132 del Código Penal de Veracruz, a fin de homologar a cadena perpetua o prisión vitalicia, el homicidio calificado con el secuestro.

El dictamen que se someterá a consideración del Pleno legislativo en sesión extraordinaria el próximo jueves, determina que la pena de prisión es diferente a la llamada prisión vitalicia, pues aún refiriéndose ambas a la privación de la libertad corporal, la primera tiene una duración temporalmente limitada, en tanto que la segunda no.

Por tal razón, los integrantes de la comisión dictaminadora que preside Francisco Portilla Bonilla, con el objetivo de darle coherencia a la iniciativa del mandatario estatal, tuvieron que analizar las adecuaciones que se necesitan y proponen cambios a los artículos 45, 88, 89, 130 y 132 del Código Penal.

De tal forma que si el secuestro es propuesto por el Ejecutivo para que se castigue con cadena perpetua, entonces el delito de homicidio para ser congruente debe equipararse a dicha penalidad tomando en cuenta que consiste en la privación de la vida, mismo que en la actualidad se castiga con 70 años de prisión.

La modificación a los otros cinco artículos, conlleva homologar el homicidio calificado con el secuestro, ya que la privación de la libertad de una persona, no puede estar por encima de la privación de la vida, que es el bien más valioso que puede gozar un ser humano.

Para endurecer la pena a cadena perpetua en el delito de homicidio calificado, éste debe tener cuatro o más agravantes como son la premeditación, alevosía, ventaja, traición y parentesco, entre otros.

Hizo hincapié que la pena de prisión vitalicia no es anticonstitucional, pues explicó que en la carta magna federal y local solo se prohíbe la pena de muerte.