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Sección: Estado de Veracruz

Cárcel y multa para asistentes a peleas de perros

- Prisión de dos meses a 1.6 años y multa de más de 53 mil pesos

- Desde el viernes entró en vigor la adición al 419 bis del Código Penal Federal

Miguel ?ngel Barrag?n Veracruz, Ver. 26/06/2017

alcalorpolitico.com

Para desestimular la participación y asistencia a peleas de perros, el presidente Enrique Peña Nieto decretó la adición al artículo 419 bis del Código Penal Federal, para que los asistentes o espectadores a este tipo de espectáculos sean sancionados con cárcel de dos meses a 1.6 años y multa de más de 53 mil pesos.

Desde el viernes pasado entró en vigor la adición al artículo 419 bis del Código Penal Federal, que se publicó el pasado jueves 22 de junio en el Diario Oficial de la Federación, donde se lee: “Incurre en responsabilidad penal, asimismo, quien asista como espectador a cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros, a sabiendas de esta circunstancia. En dichos casos se impondrá un tercio de la pena prevista en este artículo”.

El Artículo 419 bis del Código Penal Federal establece de seis meses a cinco años de prisión y de doscientos, a dos mil días de multa a quien críe o entrene a un perro con el propósito de hacerlo participar en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros para fines recreativos, de entretenimiento o de cualquier otra índole.



Para el caso, la multa máxima para los promotores de peleas de perros será de 160 mil 800 pesos, mientras que un espectador que sea sorprendido en este tipo de espectáculos sería multado con 53 mil 600 pesos.

Hasta antes del viernes pasado, el Artículo 419 bis del Código Penal Federal establecía que se impondrá pena de seis meses a cinco años de prisión y el equivalente de doscientos a dos mil días de multa a quien:

I. Críe o entrene a un perro con el propósito de hacerlo participar en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros para fines recreativos, de entretenimiento o de cualquier otra índole.



II. Posea, transporte, compre o venda perros con el fin de involucrarlos en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que implique una pelea entre dos o más perros.

III. Organice, promueva, anuncie, patrocine o venda entradas para asistir a espectáculos que impliquen peleas de perros.

IV. Posea o administre una propiedad en la que se realicen peleas de perros con conocimiento de dicha actividad.



V. Ocasione que menores de edad asistan o presencien cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros.

VI. Realice con o sin fines de lucro cualquier acto con el objetivo de involucrar a perros en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que implique una pelea entre dos o más perros.

La sanción a que se hace mención en el párrafo anterior, se incrementará en una mitad cuando se trate de servidores públicos.



Con esta adición decretada por el Ejecutivo federal los asistentes o espectadores de peleas de perros también están cometiendo un delito federal y por ello se establecen sanciones que van de dos meses a 1.6 años de cárcel y multa de hasta 666 días, que representan 53 mil 600 pesos.