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Sección: Estado de Veracruz

Castigarán la extorsión con penas de 4 a 10 años de prisión en Veracruz

- Entra en vigor reforma aprobada al Código Penal del Estado

- Las multas serán de hasta 42 mil pesos

- Se duplicarán sanciones cuando responsable sea o haya sido parte de una corporación de seguridad pública o privada

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 09/08/2019

alcalorpolitico.com

Desde hoy el Código Penal de Veracruz sanciona cualquier modalidad de extorsión con 4 a 10 años de prisión y una multa hasta de 500 Unidades de Medida y Actualización (42 mil 245 pesos).

La reforma aprobada al Código Penal, la cual entra en vigor este viernes, se sustentó debido a que entre los años 2015 al 2018, Veracruz presentó un incremento de más del 400% en las denuncias por nuevas modalidades de extorsión, que no se encontraban tipificadas en el referido Código, lo que implicaba que la autoridad competente no contara con suficientes recursos legales para sancionar esta conducta.

De igual forma, se duplicarán las penas cuando el o los autores sean o hayan sido integrantes de alguna institución o corporación de seguridad pública o privada, de procuración o administración de justicia, de las Fuerzas Armadas o que se ostenten como tales sin serlo. Además, se impondrá la destitución del empleo, cargo o comisión y se inhabilitará de uno a seis años para desempeñarse en cualquier cargo público de los tres órdenes de Gobierno.



También al responsable de este delito se le aplicará, además de las sanciones anteriores, de dos a seis años de prisión cuando se actualice cualquiera de las siguientes hipótesis: intervenga más de una persona; se realice por una o más personas armadas o bien portando instrumentos peligrosos; o se emplee violencia física o moral.

Cuando se emplee cualquier mecanismo o amenaza, para hacer creer a la víctima, la supuesta intervención en el delito de algún grupo vinculado a la delincuencia organizada, sin que ello sea cierto, aun cuando ello sea únicamente para lograr que la víctima acceda de manera pronta y con mayor facilidad a alguna de las peticiones que se le hagan o bien para que no denuncie el hecho.

Que la víctima sea una persona de sesenta años o mayor, o que sea mujer y se encuentre en estado de gravidez; y que se allane el inmueble de la víctima o donde ésta se encuentre para ejercer la conducta delictiva.



Que el o los autores tengan vínculos de parentesco, amistad, gratitud, confianza o relación laboral con la víctima o persona relacionada con ésta; o si el sujeto activo por extorsión telefónica o por cualquier medio electrónico fuere interno procesado o sentenciado.