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Sección: Estado de Veracruz

Castillo de Teayo aprueba reglamento para crear Consejo de Desarrollo Municipal

Podrán participar ciudadanos como representantes de las comunidades elegidos en asamblea

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 25/01/2022

alcalorpolitico.com

Ante las actuales condiciones sanitarias que prevalecen a causa del virus SARS-CoV-2 (COVID-19), Esteban Ávila Hernández, presidente municipal de Castillo de Teayo, estableció como requisito indispensable para el desarrollo de las sesiones de Cabildo el uso de cubrebocas y la sana distancia.

Hizo hincapié que la medida está acorde a las recomendaciones del Gobierno Federal y del Estado, a través de la Secretaria de Salud, a fin de salvaguardar la integridad de los ediles.

El Cabildo del Ayuntamiento de Castillo de Teayo está integrado por el alcalde; por Nallely Miroslava Gallardo Martínez, síndica; Eufemia Valderrama Blanco, regidora primera; Fernando Mendoza Casados, regidor segundo; y por Yared Gabriela Reyes Olivares, secretaria del Ayuntamiento.



Así, durante una de las sesiones desarrolladas con los protocolos sanitarios, el Cabildo aprobó el Reglamento para la integración, organización y funcionamiento del Consejo de Desarrollo Municipal (CDM).

Dicho Consejo será un órgano de planeación, programación, seguimiento, control y evaluación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF).

Ese órgano estará integrado por el Alcalde en calidad de presidente; la secretaria del Ayuntamiento como secretaria; por un ciudadano electo entre los consejeros comunitarios, en calidad de vocal de Control y Vigilancia.



Así como por consejeros comunitarios elegidos en asamblea como representantes de los centros de población del Municipio, por Consejeros Municipales representados por el Síndico y Regidor(es) y asesores (Tesorero Municipal, Director de Obras Públicas, el Titular del Órgano de Control Interno y los titulares de las áreas administrativas que se consideren necesarias para respaldar las resoluciones del Consejo).

Los integrantes del Consejo tendrán derecho a voz y voto, salvo el secretario y los asesores que sólo tendrán derecho a voz.

Para la elección de los consejeros comunitarios, cuyos cargos serán honoríficos, la Secretaría del Ayuntamiento, en coordinación con la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Vecinal, ya emitió la convocatoria dirigida a los habitantes de las diferentes demarcaciones del Municipio, para que en elecciones abiertas y democráticas elijan a los Consejeros Comunitarios que representarán al menos al 51 por ciento de los centros de población en el CDM, considerando invariablemente las zonas de atención prioritaria.



Para ser Consejero Comunitario se requiere: ser habitante del Municipio y acreditar una residencia no menor a un año en la localidad, comunidad, congregación, ranchería, colonia, barrio o manzana donde pueda resultar elegible como Consejero Comunitario.

Tener un modo honesto de vivir; ser mayor de edad; preferentemente saber leer y escribir; no desempeñar empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Municipal y no ser proveedor, prestador de servicios o contratista del Ayuntamiento.

Además, no tener lazo de parentesco consanguíneo, afinidad o civil con algún servidor público municipal que forme parte del CDM; no tener intereses económicos o políticos en la Administración Pública Municipal; no ser ministro de algún culto religioso ni dirigente de algún partido u organización política.



Una vez instalado el Consejo, se deberá realizar la primera sesión ordinaria de la Asamblea General, a más tardar en la segunda quincena de febrero, en la cual se dará a conocer la organización y funcionamiento del CDM y su reglamento.

Durante la primera sesión se revisará la normatividad aplicable al FISMDF y se establecerá la agenda anual de actividades, consignándose como primer punto, la solicitud a los Consejeros Comunitarios de las obras y acciones necesarias en sus comunidades.