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Columnas y artículos de opinión
Trinchera Final
RFC a todos los mexicanos a partir de los 18 años
Jenaro del Ángel Amador
29 de septiembre de 2021
alcalorpolitico.com
1.- Uno de los temas de especial interés, será pronto llevado a la discusión y debate: Se trata de la Ley de Ingresos de 2022, la propuesta que obligaría a todos los mexicanos mayores de 18 años a tramitar su RFC, se dotará al SAT de una poderosa herramienta para seguir la pista a millones de jóvenes que se incorporarán en los siguientes años a la vida productiva, afirmaron especialistas. Pero esta propuesta no es tan simple: muchos jóvenes, a los dieciocho años aún estudian en la Universidad y no cuentan con ingresos de su trabajo y esfuerzo.
 
Esta propuesta, en el banquillo de espera, despierta comentarios: Pablo Mendoza, presidente de la Comisión Fiscal del CCE; Isabel Albo, especialista en derecho fiscal y socia del despacho GLZ Abogados; y Eduardo Revilla, presidente de la Comisión de Impuestos de la International Chamber of Commerce México (ICC México), coincidieron: “...que la modificación también servirá para que el fisco tenga en el radar a más de 30 millones de mexicanos que trabajan en la informalidad...”
 
Mendoza expresó que “la medida va dirigida a la economía informal, en la cual labora poco más del 60 por ciento de la Población Económicamente Activa”, lo que puede ser la red principal para ingresar causantes.
 

Isabel Albo estimó que la nueva medida podría generar cierta percepción de riesgo, para que las personas que empiecen a tener ingresos decidan pagar impuestos pero, no debe pasarse por alto que al tramitar el RFC, en automático automáticamente se tiene el buzón tributario, y por tanto, la autoridad podría usarlo para enviar correos y cartas de invitación a los nuevos.
 
Actualmente el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, no prevé la obligación de los ciudadanos mayores de edad de realizar la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, y esto será motivo de adicionar un párrafo en dicho artículo, en el que se establecerá que todos los mayores de edad deben inscribirse al Registro Federal de Contribuyentes.
 
2.- Villa Aldama es uno de los 212 Municipios del estado. Enclavado en las inmediaciones del Cofre de Perote, en las proximidades del municipio del mismo nombre, y vertiente necesaria para acceder a la autopista que viene a Xalapa, intersección de quienes vienen Martínez de la Torre, Tlapacoyan, Atzalan y Altotonga, y que por cierto, cobró notoriedad porque en sus terrenos se encuentra enclavada una prisión federal.
 

Sin embargo para el viajero que pasa por su camino, éste no deja de leer una leyenda muy rara: Villa Aldama, la capital del block.
 
Y pareciera cierto: Con su congregación Cerro de León, cuentan con el material básico para el buen block: El tepetzil, una especie de grano de tierra que se utiliza para la mezcla, en su fabricación.
 
Y en casi todos los terrenos de esta cabecera, miles y miles de blocks se apilan en largas montañas.
 

Y de allí entonces su autoapodo: La capital [veracruzana] del block; del buen block.
 
3.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó “...que todos los órganos del Poder Judicial de la Federación (PJF), incluidos los Tribunales Colegiados de Circuito y los Juzgados de Distrito, pueden analizar posibles violaciones a la Constitución o a Convenciones internacionales de Derechos Humanos, en los casos que lleguen a su jurisdicción, aun cuando la parte quejosa no haya denunciado dichas irregularidades.
 
Con esta decisión, el Pleno de Ministros modificó el criterio que sostenía desde hace seis años, y señaló que todos los juzgados y tribunales tienen las mismas facultades de control de constitucionalidad y convencionalidad, conforme a lo que marca el artículo 1º de la Constitución.
 

Por mayoría de nueve votos, la SCJN aprobó la nueva tesis propuesta por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, donde se señala que “Los órganos del PJF en el juicio de amparo deben realizar control ex officio (de oficio) de constitucionalidad, tanto de las disposiciones procesales que aplican durante el trámite y resolución del juicio de amparo, como de cualesquiera otra norma sustantiva o adjetiva aplicadas en el acto reclamado, o en el procedimiento que le preceda, de las que tengan conocimiento en el juicio de amparo...”
 
Esta facultad de control de constitucionalidad estaba restringida según el criterio de algunos órganos jurisdiccionales.
 
La nueva decisión les permitirá que, si encuentran alguna, que en el caso específico una autoridad actúa con base en una norma contraria a la Constitución, pueden ordenar que ésta no se aplique.
 

Al término de la sesión, el ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, afirmó que esta “decisión genera dar un paso decisivo hacia adelante en una protección completa de los derechos humanos en México, superando un precedente que me parece frustraba los beneficios de la reforma constitucional de 2011”.