icono menu responsive
Columnas y artículos de opinión
Economía y sociedad
¿Qué pasó en la Facultad de Economía?
Hilario Barcelata Chávez
4 de junio de 2012
alcalorpolitico.com
Hace unos días, la comunidad académica de la Facultad de Economía enfrentó una seria problemática institucional derivada de lamentables acciones que se realizaron al nombrar a sus autoridades.
 
En una ceremonia oficial, el 17 de mayo el Secretario Académico de la UV, Porfirio Carrillo Castilla, por instrucciones del Rector Dr. Raúl Arias Lovillo, entregó dos polémicos nombramientos. Uno para designar como Secretario de la Facultad de Economía al profesor Alexandro Medina Chena y otro para designar como Jefe de Carrera de Geografía a la profesora Silvia Méndez Maín.
 
Polémicos nombramientos por tres razones. La primera porque al realizar esta designación, se violó de manera clara y abierta la Ley Orgánica y el Estatuto General de la Universidad Veracruzana. La segunda porque los documentos de nombramiento que se entregaron a los profesores (según se dice públicamente) no estaban firmados por la autoridad que los otorga (el rector). La tercera porque a decir de académicos y alumnos, este acto constituye una falta absoluta de respeto a los derechos de la comunidad universitaria de dicha facultad.
 
De manera inmediata profesores y alumnos hicieron saber al Secretario Académico que no estaban de acuerdo en dichos nombramientos por ser violatorios a la ley y considerarlos una forma de imponer a las autoridades de la facultad.
 
El argumento de violación a las normas universitarias descansa en la observación de lo que señala La Ley Orgánica de la UV en su Artículo 71 fracción II respecto al hecho de que el Secretario de la Facultad debe cumplir el requisito de "Poseer título de alguna de las licenciaturas que pertenezcan a su área académica" Sin embargo el profesor Chena Medina no se cumple con esta disposición ya que ni tienen título de economista, ni de geógrafo, pues él es biólogo.
 
Por lo que respecta al nombramiento del Jefe de Carrera de Geografía, el Estatuto General de la UV señala en su artículo 114 que el Jefe de Carrera es designado por el Rector, "de una terna propuesta por el Director de la Facultad". Sin embargo esta disposición no se cumplió en la designación de la profesora Silvia Méndez Maín, porque ella no fue propuesta en terna por el Director de la Facultad. De hecho la terna no había sido ni elaborada ni entregada por el Director, porque éste acababa de recibir su nombramiento ese mismo día, un minuto antes que se diera nombramiento a la jefa de carrera.
 
Esta acción generó un grave descontento que derivó en acciones de resistencia a la decisión, hasta que las autoridades de rectoría accedieron a corregir la falta, desconocer los nombramientos otorgados y realizar la designación por la vía legal.
 
El problema se resolvió satisfactoriamente para la comunidad académica que no permitió el abuso que se realizaba, pero algunas preguntas recorren los pasillos de la facultad: ¿quien tomó la decisión de realizar nombramientos sin respetar el procedimiento legal? ¿lo hizo porque desconoce la ley o con algún propósito específico que justificaba violar la ley? y en todo caso ¿cuál es ese propósito? ¿Por qué los profesores designados no se rehusaron a participar en este acto violatorio de la normatividad universitaria? ¿por qué se volvieron cómplices? ¿desconocen la ley? o ¿perseguían un propósito específico que justifica violar la ley? y en todo caso ¿cuál es ese propósito, que se opone a los intereses de la facultad? ¿por qué el profesor Medina Chena aceptó el nombramiento si es un técnico académico de tiempo completo del Inecol? ¿el año sabático con goce de sueldo que solicitó a su institución, lo pidió para hacerse cargo de la secretaria de la facultad de economía o para algún otro propósito?
 
Los profesores que participaron en esta acción fraudulenta cometieron una falta grave dentro de la comunidad universitaria, no sólo porque participaron en un acto ilegal al aceptar el nombramiento que se les otorgó, sino además porque generaron una fuerte inestabilidad al interior de la facultad de economía al realizar actos contrarios a la moral y al respeto entre los universitarios. ¿Qué sanción les será impuesta?
 
El Estatuto General de la UV, señala en su artículo 270 que "las sanciones que deberán imponerse a las autoridades y funcionarios por violación a las normas son: I. Amonestación por escrito; II Suspensión temporal; y III. Destitución del cargo" Esto en los casos en que se cometan las infracciones que señala el artículo 269 del mismo estatuto que entre otras son las siguientes y les pueden ser aplicables a estos dos profesores: "I. La comisión, en su actuación universitaria de actos contrarios a la moral y al respeto que entre sí se deben los miembros de la comunidad universitaria; IV. Falsificar certificados u otros documentos oficiales que afecten el cumplimiento del objeto de la Universidad; V. Aprovechar indebidamente el ejercicio de las funciones que les confiere la Ley Orgánica o este Estatuto para satisfacer intereses propios o ajenos."
 
Es necesario evitar que algún miembro de la comunidad académica vuelva a cometer un acto de esta naturaleza. Por ello y porque las leyes se hicieron para cumplirlas, los responsables deben ser sancionados. Si no se sancionan, se violará la ley nuevamente porque la sanción está señalada y no es opcional.
 
[email protected]