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Columnas y artículos de opinión
A salto de mata
El fin, ¿nunca justifica los medios?
Gino Raúl De Gasperín Gasperín
8 de junio de 2012
alcalorpolitico.com
Desde que Maquiavelo se hizo famoso con sus recomendaciones de ética política a los príncipes y gobernantes, sean civiles o religiosos, la frase “el fin justifica los medios” ha inspirado a una buena porción de personas que, sin entender bien a bien qué es cada cosa, la interpretan como les viene en gana para justificar abusos, atrocidades o, al menos, conductas sospechosas. Por otra parte, tenemos un buen número de pensantes que, frente al susto que significaría aceptar ese principio, responden, muchas veces sin argumentar, todo lo contrario: “el fin no justifica los medios”.

Ahora bien, pongamos dos casos: La madre está embarazada, sufre una hemorragia y el hijo, de siete meses, tiene que nacer a fuerza. El riesgo de muerte es para ambos. El médico pregunta al papá: ¿a quién salvo? Otro caso: el gobernante siente que el grupo social sobre el que ejerce su autoridad se le ha subido a las barbas, y promulga una ley que reprime su derecho a la asociación o a la expresión.

La ética radical, conservadora, tomista, habla de las acciones de doble efecto: Si se elige salvar a la madre, no es que se desee la muerte del hijo, sino que se “tolera”, como efecto no deseado pero imposible de evitar. Y lo mismo sería en la otra opción.


En esta perspectiva, también se justifica cuando se miente (no se dice la verdad) por razones humanitarias, por ejemplo, se oculta su mal a un enfermo terminal. Ahí también un fin deseado (la tranquilidad del enfermo) está justificando un medio no deseado (mentir u omitir la verdad).

Pero ¿qué sucede con las acciones cuando tienen amplias repercusiones sociales, por ejemplo, bloquear una carretera para impedir que se instale una nucleoeléctrica? ¿Se puede prohibir o restringir la expresión de las ideas porque “agitan” al grupo social? En estas dos preguntas se encierra el conflicto derechos individuales—derechos sociales, y, entrados en el tema, qué medios justifican a qué fines, qué es lo correcto o, incluso, lo legal.

Los partidarios de la ética radical responden que nunca un fin justifica un medio; pero, ¿qué sucede si planteamos el ejemplo del aborto?: ¿se podría boicotear una clínica en donde se practica? ¿La defensa de la vida puede justificar el daño a esa institución? ¿Es este un efecto no deseado en función del objeto intencional? O lo que es lo mismo, hay ciertos fines que sí justifican ciertos medios, aunque a estos los llamemos con otro nombre.




El ámbito legal es un marco que permite –aun en utopía- moderar las conductas de los individuos. En este caso, la ley evita el uso de la fuerza para dirimir conflictos. Y, si se justifica la ley, entonces se tiene que arrostrar el precio de aplicarla. No puede ser que el que viola la ley sea “perdonado” por la autoridad, cuya función es aplicarla, aunque esto le cueste un voto de castigo. Si no, ¿para qué existe la ley o para qué existe la autoridad?

Y bien, si la acción que se realiza es ilegal (un bloqueo de calles, una toma de instalaciones, un “plantón”, una “sentada”), ¿se justifica cuando el fin es bueno (evitar un deterioro ecológico, exigir respeto a la libertad, etc.)?


Se puede responder que, si un acto lesiona a una comunidad, existen vías legales para impedirlo. Por ejemplo, que los ciudadanos expongan y la autoridad los escuche, valore el efecto que la acción está produciendo y actúe en consecuencia para evitar el daño. Esto sería funcional en una democracia directa, en donde los abusos (así sean de la propia autoridad) se pueden denunciar y existen formas para que la denuncia surta el efecto deseado de impedir ese abuso. Pero en una democracia representativa este mecanismo no solo es lento, sino que depende primordialmente de los intereses (particulares o partidistas) y de la eficiencia de los “representantes” de los afectados, y de la eficacia de los medios o procedimientos para que se produzca el fin del abuso. Y no se puede argumentar que las leyes representan el deseo de las mayorías o, al menos, no se puede concluir que lo que la mayoría exige es lo correcto solo por razón de ser mayoría. Por ejemplo, si los diputados aprueban la instalación de una planta nucleoeléctrica que dañará al pueblo, o se promulga una ley que deteriora o viola los derechos humanos, no se puede argüir que ese es el deseo de la mayoría, ya que los diputados son los representantes elegidos por voto de esa mayoría. Como dice la Lógica: no concluye.

Queda, pues, el asunto pendiente: ¿cuándo es correcto usar medios –aun ilegítimos- para conseguir fines legítimos?

Debemos, en este caso y en primer lugar, repensar los procedimientos que legitiman ciertas acciones o medidas o leyes que no son o no hay forma de comprobar que sean voluntad de la mayoría, sea porque esta no tiene los medios para externar su opinión o porque sus representantes carecen de legitimidad o autoridad moral para decidir en su nombre. Después, aun corriendo el riesgo del deterioro que un estado de derecho y una convivencia fundamentada en la ley puedan sufrir, hay que considerar la posibilidad legítima de la “desobediencia civil” e, incluso, de actos violentos. Y cito a Peter Singer, el filósofo australiano: “Estamos justificados (a) usar virtualmente cualquier medio que tenga probabilidades de ser eficaz para oponernos a males de esa magnitud”, como el genocidio, por ejemplo, o aquellas acciones que atentan directa y substancialmente contra los derechos fundamentales del hombre.


*Academia Mexicana de la Educación

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