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Columnas y artículos de opinión
Plan B
Legal, sexo de adultos con jóvenes
Lydia Cacho
14 de enero de 2013
alcalorpolitico.com
En Perú el código penal establecía que se castigaría con una pena de entre 25 y 30 años al adulto que tuviese relaciones sexuales con personas menores de 18 años, sin importar si había consentimiento o no de parte de la o el menor. Ahora el Tribunal Constitucional peruano decretó que las personas de entre 14 y 18 años son legalmente “titulares del derecho a la libertad sexual, como parte del libre desarrollo de la personalidad”, despenalizando así el sexo entre adultos y mayores de 14 años.

Esta decisión despertó una discusión importante, porque las leyes creadas en nuestros países no parten de una noción de integralidad jurisprudencial cuyo eje es el bien superior de la niña, el niño o el adolescente, sino en general las leyes dependen de una serie de factores subjetivos, que van desde los impulsos moralizantes de grupos religiosos que niegan el derecho a tener una vida sexual sana y libre, hasta los de quienes defienden lo que se ha denominado como el libre desarrollo de la personalidad y la libertad sexual de niñas y jóvenes, y las voces de los propios pedófilos. Las acotaciones en temas tan complejos son indispensables.

La iniciación sexual en Perú comienza entre los 14 y 15 en la región andina y entre los 11 y 13 en la amazónica. La mayoría de casos se da entre adolescentes, pero en la región amazónica, donde los usos y costumbres machistas aún permean, al igual que en regiones de México, las niñas de 11 y 12 años son robadas y forzadas a casarse con algún adulto que las ha elegido, con o sin consentimiento familiar. Por otro lado, está comprobado que la edad de mayor vulnerabilidad para la trata de personas, la explotación sexual comercial, la pornografía y la prostitución forzada es entre los 13 y los 18 años; justamente entre el final de la infancia y comienzo de la preadultez; y son adultos quienes les inician.


Es la etapa de los ritos iniciáticos de la infancia hacia la madurez cuando la juventud precisa de mayor apoyo y contención de personas adultas responsables de su bienestar. Aquí todo se complejiza, porque en el sano desarrollo de niños, niñas y adolescentes están involucradas las familias y la sociedad. Pero el
Estado es quien debe proteger los derechos de las personas y defenderles ante la vulnerabilidad que incrementa por su edad o por determinadas condiciones (pobreza, abandono, violencia doméstica, discapacidades etcétera). Si un niño de 13 años experimenta sexualmente con una niña de su edad son las familias de ambos las responsables de hacerles saber las implicaciones de una vida sexual activa, desde la prevención del embarazo y las infecciones de transmisión sexual, hasta lo que significa el intercambio emocional, físico y síquico de un encuentro erótico. La educación sobre el amor y el sexo han sido ignoradas y minusvaloradas en el mundo entero. La mayoría de familias prefieren desconocer el hecho de que si no les hablan a sus adolescentes sobre las relaciones amorosas y eróticas alguien más lo hará, y ese alguien, según las estadísticas en uno de cada cinco casos será un abusador, ya sea joven o adulto.

Vale la pena retomar el debate comprendiendo que el libre desarrollo de la personalidad, como derecho, es el reconocimiento que hace el Estado de la facultad natural de toda persona a ser individualmente como quiera, sin coacción, ni controles injustificados o impedimentos por parte de terceros. La realización de las metas personales fijadas autónomamente de acuerdo con su temperamento y carácter.

Las decisiones jurídicas deben ir acompañadas de conocimientos sobre desarrollo socio y sicosexual, porque es entre los 13 y los 18 años cuando la personalidad aún está en construcción y los cambios biológicos y sicoemocionales forman parte de un estado transicional; la personalidad se pone a prueba imitando la adultez. Es absurdo encarcelar a jóvenes que tienen sexo consensuado con jóvenes, pero con las estadísticas de violencia sexual contra menores de 18 años resulta indispensable hacer una ley integral que incluya prevención, igualdad, educación y penalización de la violencia.


Los jueces de Perú que despenalizaron el sexo entre adultos y menores de 18 años no especificaron si los adultos son en realidad preadultos (18 a 24 años) y eso deja abiertas las puertas a los pedófilos. Debieron defender el derecho a la exploración sexual entre jóvenes con las debidas acotaciones, pero prefirieron generalizar y aumentar la vulnerabilidad con vacíos legales. Los enredos de la ignorancia.

www.lydiacacho.net
@lydiacachosi
Periodista