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Columnas y artículos de opinión
La inconstitucionalidad de la reforma a los estatutos del PRI
Eduardo de la Torre Jaramillo
8 de marzo de 2013
alcalorpolitico.com
“Que no haya ilusos para que no haya desilusionados”
Manuel Gómez Morín
 
Cumplir 84 años de edad cuando se han tenido crisis morales, políticas, económicas, sociales, en este caso tiene afectaciones como el Alzheimer, de entendimiento y por ende de lucidez, va la metáfora con el PRI quien no es viejo ni nuevo, -sigue siendo el mismo-, el que sólo tiene un objetivo: la concentración del poder político en el presidente de la república, cuya búsqueda es la gobernabilidad vertical y/o autoritaria.
 
En la clásica interpretación del extinto Jorge Carpizo sobre el poder ejecutivo en México, al cual le llamó el “presidencialismo metaconstitucional” nunca se hizo tan burdo y evidente que se reformará algún artículo de los estatutos del PNR, PRM o el PRI para definir que el presidente de la república tuviera un cargo en el PRI; porque la expresión de aquel siempre fue simbólica dentro de las “reglas no escritas” del régimen priista; hoy en la desmesura lo presentan como “Presidente de la Comisión Política Permanente”. Dicho sea de paso, en la XXI Asamblea se realizaron otros cambios de estrategia de ese partido pero el que más nos interesa reflexionar dada su inconstitucionalidad es la que comentamos líneas arriba.
 
El IFE y el TEPJF serán los encargados de revisar y sancionar favorable o negativamente este acto, ya que linda en los terrenos de la ilegalidad; los que “saben gobernar” están pasando por una borrachera en su regreso al poder; esto es producto de que en este momento los priistas se encuentran “desencanchados” del poder político, pues a diferencia de un partido democrático como lo es el PAN o el PRD, allá no hay una voz que disienta, que opine, que interprete algo distinto al “señor presidente” todo es producto de un ilusorio consenso, que es monolítico, autoritario o fascista; quienes se caracterizan por callar en público y diferir en lo privado, la abnegación es su conducta política para continuar en el ascenso personal del poder político, en pocas palabras se premia la abyección.
 
¿Por qué es ilegal el nombramiento?, simple y sencillamente porque el Jefe de Estado estaría cumpliendo un cargo en su propio partido político, lo que desdibuja su actuación y su propio discurso que su interés es nacional, por lo tanto no gobernaría para “todos los mexicanos”, sino única y exclusivamente para los priistas; esta reforma estatutaria pondrá en un dilema al IFE y al TEPJF, ya que se enfrentarían en el avance de su proceso de “desinstitucionalización” o mantenerse independientes si deciden aplicar el Estado de Derecho y apegarse a los postulados constitucionales.
 
Indudablemente es una salida gatopardista del PRI para mantenerse en el poder “por los siglos de los siglos”, ante esta reforma estatutaria se observa que ya no cuentan con los juristas corporativos, quienes al menos cuidaban no alterar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
 
Focalizando a la multicitada Constitución, ésta en su artículo 41, establece que los partidos políticos son “entidades de interés público”, es así como ahora el presidente de la república tendrá una injerencia directa en la selección de candidatos, velará la cuota de género, así como las prerrogativas, etc., lo cual desnaturaliza al artículo 49 que trata sobre la división de poderes; y su complejidad se extiende hacia el artículo 80, donde define que se le denominará “Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”, o que decir del artículo 83, donde claramente dice “electo popularmente”, aquí se rompe este precepto porque en esta ocasión EPN sólo fue electo por el 38% de los electores priistas y el resto, 31.5% por AMLO y el 25 por JVM, lo que hace un total de 56.5% que no entraría dentro del concepto “popular”; es así como vamos desentrañando la inconstitucionalidad de la propuesta, pero vaya paradoja con la presunta reforma, porque el actual presidente del CEN del PRI es Doctor en Derecho Constitucional, César Camacho Quiroz, además de exdiputado federal y exsenador, quien avala esta violación jurídica en aras de reconstruir al presidencialismo priista del siglo XXI.
 
Pero no del todo estaría perdido si logra una mayoría en el Congreso de la Unión para reformar el artículo 87 para que diga: "Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el PRI me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere que la Comisión Política Permanente me lo demande." -Esto lo escribo como broma a la ocurrencia de la reforma de los estatutos del PRI-.
 
Finalmente, por eso es importante ejercer la crítica y el disenso, los cuales son parte de la modernidad de un país, porque tenemos que advertir a ese PRI restaurador de los abusos, que estaremos muy atentos a sus actos; y siguiendo a Claude Lefort, quien afirmó que: “la democracia es la desaparición de los referentes de certidumbre”, esto es lo que le toca hacer a la verdadera oposición en el país: la consolidación de la democracia, a través de las rutas estatales que serán las coaliciones entre el PAN y el PRD para evitar el retorno autoritario cada día más definido en el nuevo proyecto del PRI.