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Sección: Estado de Veracruz

Las palabras de la ley

Comprometerse con los Derechos Humanos

Salvador Martínez y Martínez Xalapa, Ver. 01/05/2019

alcalorpolitico.com

Encontrar las vías las vías de solución al problema de la inseguridad pública y comprometerse con los Derechos Humanos y el Estado Democrático de Derecho es el desafío de la Guardia Nacional. Mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019, se adiciona la Constitución Política de México [CP] en su artículo 21, inciso “e”, con los siguientes párrafos:

La Federación contará con una institución policial de carácter civil denominada Guardia Nacional, cuyos fines son los señalados en el párrafo noveno de este artículo, la coordinación y colaboración con las entidades federativas y Municipios, así como la salvaguarda de los bienes y recursos de la Nación.

La ley determinará la estructura orgánica y de dirección de la Guardia Nacional, que estará adscrita a la secretaría del ramo de seguridad pública, que formulará la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, los respectivos programas, políticas y acciones.



La formación y el desempeño de los integrantes de la Guardia Nacional y de las demás instituciones policiales se regirán por una doctrina policial fundada en el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos, al imperio de la ley, al mando superior, y en lo conducente a la perspectiva de género.

Los preceptos adicionados pertenecen al Título Primero, Capítulo I, de nuestra Carta Magna. Dicho Capítulo se denomina “De los Derechos Humanos y sus garantías”. La seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en esta Constitución y las leyes en la materia (CP, artículo 21, párrafo noveno).

El texto constitucional hace palidecer la esperanza de una respuesta al reto planteado. ¿Por qué la esperanza tiene el talante de pálida? Porque se trata de un asunto o tema deprimente, ya que aquello que se espera es un futuro que no depende de nuestra actuación, sino de lo que haga el Estado en todos sus niveles de gobierno. Y, la sabiduría popular enseña: No era arisca la mula, los palos que le han dado.





En la región latinoamericana, ya fuimos advertidos de que, cuando hablamos de “derechos humanos”, nos movemos en un ámbito complejo y ambiguo. En esta línea de pensamiento, lo que de manera muy genérica se indica usualmente con la expresión “derechos humanos” es algo que es debido y exigible, y que a la vez afecta radicalmente al ser humano por ser humano, aunque también a especificaciones concretas de humanidad, como la de ser mujer, o niño o ciudadano. Se trata de algo debido cuya carencia o disfrute condiciona seriamente el propio desarrollo humano.



La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que la Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución (CP, artículo 21, párrafo noveno).

Quienes saben de esto afirman que, en la existencia histórica determinada, entre los elementos involucrados en el sistema penal, la policía es la parte que corre mayores riesgos de vida. Además, carga con un estereotipo casi tan negativo como el propio estereotipo criminal, teñido de racismo, clasismo y demás prejuicios. La paradoja es que su servicio al mismo tiempo que cada día es reclamado, simultáneamente es rechazado. El policía en el plano personal es marginado y sufre un aislamiento social como una suerte de traidor de clase.

Sus enfermedades profesionales no están estudiadas, los traumas de las experiencias que sufren no son adecuadamente tratados, su sobrerrepresentación en los homicidios y violencias familiares testimonian el deterioro que sufren. Su muerte se considera un accidente normal de trabajo. Se trata de otro deterioro personal (policización); puede decirse que todo lo que el sistema penal toca y a todas las personas que involucra, de una o de otra manera, las deteriora.



El problema del contexto tiene dos aspectos: uno objetivo, la seguridad pública se refiere a los hechos, pero, ¿Qué es un hecho? Es una verdad existencial bien comprobada: en la existencia se presenta, por parte de la realidad, cierta conexión de objetos de concepto; y esto mismo significa que tal existencia está frente a un sujeto que en ella puede aprender esos objetos. Un hecho que interesa al saber humano no es creado por el sujeto; es un dato real y objetivo. Pero es dato que se da a alguien; si es dado, es recibido; lo cual equivale a decir que es discernido y juzgado (J. Maritain).

El primer aspecto del problema —el aspecto objetivo— es cognitivo, se necesita mucho saber para distinguir los problemas de los conflictos y estos de los delitos, para prevenirlos, investigarlos y perseguirlos. Algunos criminólogos y victimólogos intentan construir el delito sin consideración alguna de la ley penal. Entre los juristas no faltan quienes sostienen la idea de un delito formal y un delito material (éste último sería anterior a la ley penal). A todos ellos, y a quienes piensen como ellos, es necesario decirles: No hay delito sin ley penal previa.

El segundo aspecto del problema es subjetivo e implica muchas dificultades. Hablemos, por ejemplo, del deterioro de los servicios de seguridad pública y el crecimiento de la venta de seguridad privada. “Pero no sólo es selectiva la criminalización que lleva a cabo el sistema penal, sino que este opera de modo que la victimización también se hace selectiva y va recayendo sobre los de menores rentas. Los servicios de seguridad se deterioran y en los últimos años se privatizan, de modo que goza de mayor seguridad quien puede pagarla o vivir en barrios de más alta renta en que el servicio es mejor.” (E.R. Zaffaroni).



Por regla general la seguridad es derecho y un servicio que se reparte en relación inversa a la renta, de modo que los más expuestos a ser victimizados también son quienes están más cerca de la base de la pirámide social —que son los más vulnerables—, es lógico que reaccionen con mayor violencia frente a las agresiones que sufren y, por ende, que reclamen pena de muerte y mayor represión en general. La vulnerabilidad a la victimización no es sólo clasista, sino también de género, etaria, racista y, por supuesto, prejuiciosa.

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