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Sección: Estado de Veracruz

Con Reforma a Ley de Tránsito y Transporte, se podrían solicitar más concesiones

- Obtendrían hasta 5; tendrían que cargar gasolina con tarjetas prepago para evitar irregularidades

- Obligatorio registro al REC de conductores; instalarían dispositivos de alerta para evitar agresiones en unidades

Jos? Topete Xalapa, Ver. 21/02/2017

alcalorpolitico.com

Con la Reforma a la Ley de Tránsito y Transporte que presentó el gobernador del Estado, Miguel Ángel Yunes Linares, al Congreso del Estado, los interesados podrán solicitar más concesiones en la modalidad de pasajeros y los concesionarios o conductores deberán de adquirir gasolinas con tarjetas de prepago para evitar que la compren en establecimientos irregulares.

Igualmente se deberán atender las disposiciones de la Alerta de Género en los municipios en donde se decretó este esquema, pero todos los concesionarios deberán instalar dispositivos electrónicos de alerta del pasajero, inhibiendo así agresiones, especialmente a mujeres.

El proyecto se turnó a comisiones en la sesión de la Diputación Permanente de este martes, además pretende establecer la obligatoriedad de los concesionarios, de inscribir en el Registro Estatal de Conductores a los operarios de los vehículos autorizados para la prestación del servicio.



Adicionalmente se propone prohibir instalar propaganda política en las unidades del servicio de transporte público en todas las modalidades y submodalidades; y en lo que respecta a la instalación de publicidad, ésta se sujetará a las disposiciones que determine la autoridad de transporte.

Yunes Linares plantea atender el rezago administrativo en el tema de las concesiones, eliminando requisitos innecesarios que retrasan la transferencia por cesión de derechos o incluso por herencia y reforzar los procedimientos que existen para la emisión de las licencias de conducir.

El Ejecutivo explica que de aprobarse su propuesta de regularización del transporte público, las personas físicas podrían obtener hasta cinco concesiones en la modalidad de pasajeros, dependiendo de la necesidad del servicio, cuando actualmente sólo se permite uno.



Asimismo, se plantea que las personas morales, en los términos que establece el artículo 123 de dicha Ley, podrán ser titulares de las concesiones que resulten necesarias para la modalidad de pasajeros, de acuerdo a las necesidades del servicio, cuando actualmente se puntualiza que ello aplicará para las modalidades de urbano, suburbano, foráneo, exclusivo de turismo, para personal de empresas y carga especializada.

Se propone que las concesiones que se otorguen para prestar el servicio de transporte público, en la modalidad de pasajeros y submodalidad de taxi, se equipararán al patrimonio familiar y por lo mismo son inalienables e inembargables y que los derechos que ampara una concesión para prestar el servicio de transporte público, podrán ser transferidos a terceros, previa autorización de la Dirección de Transporte.

En la iniciativa del titular del Ejecutivo se precisa que los vehículos que se utilicen para prestar el servicio de transporte público reunirán las características, condiciones técnicas, engomados respectivos, uniformidad de color por municipio o región conurbada declarada por la autoridad de la materia.



Yunes Linares plantea que no se autorice el registro en el REC a los conductores que presenten alguna adicción a estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias que produzcan efectos similares o hayan intervenido en la comisión de actos ilícitos en la prestación del servicio de transporte público.

En cuanto a la cancelación de la o las concesiones, sugiere que se den por liquidación o quiebra; por el fallecimiento del titular, cuando las personas con derecho a heredar no procedan a notificar el hecho a la Dirección de Transporte, en el término de los tres años siguientes; cuando sin causa justa, el concesionario o permisionario no cumpla con los lineamientos, planes y programas, que en materia de transporte emita la autoridad del ramo y cuando sean otorgadas violándose las disposiciones legales y reglamentarias en la materia.

También serán despojados del permiso cuando el vehículo sea conducido por quien carezca de la licencia correspondiente a la modalidad de que se trate o teniéndola esté suspendida su vigencia; si el conductor de la unidad opera la misma en estado de ebriedad, bajo el influjo de sustancias tóxicas o psicotrópicas o con temeridad.



Además, si en la prestación del servicio de transporte público, el vehículo autorizado sea utilizado en la comisión de delitos contra la salud o delincuencia organizada, una vez acreditada la responsabilidad penal del concesionario, ya sea ésta de carácter intencional o por encubrimiento y, finalmente, si el vehículo autorizado para la prestación del servicio de transporte público, sea abastecido de combustible fuera de estaciones legalmente establecidas para ese fin.

En la justificación de su iniciativa, Miguel Ángel Yunes Linares asegura que en las anteriores administraciones se otorgaron concesiones sin analizar que el posible concesionario tuviera las calidades técnicas para su desempeño, tampoco se analizaron rutas de transporte urbano, que ha llevado a una congestión total en Xalapa, Veracruz y las vías de comunicación del Estado. Situación que no sólo afecta a la calidad del transporte, sino a los propios concesionarios, generando una competencia desleal que dañó a los verdaderos transportistas afectando su economía.