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Sección: Estado de Veracruz

Con respaldo de activistas y académicas, diputada presentó iniciativa que despenaliza el aborto

Interrupción debe darse antes de los 3 meses; también eliminaría sanciones a quien ayude, previo consentimiento de la fémina

Jos? Topete Xalapa, Ver. 27/07/2017

alcalorpolitico.com

Con el respaldo de activistas y académicas, la diputada local de MORENA, Tanya Carola Viveros Cházaro, presentó una iniciativa ante el Pleno del Congreso que plantea la despenalización del aborto si se realiza antes de los 3 meses de gestación.

Igualmente, eliminaría las sanciones a quien ayude o haga abortar a las mujeres, con su consentimiento.

La propuesta de la legisladora modificaría el artículo 149 del Código Penal del Estado, que actualmente establece que comete el delito de aborto quien interrumpe el embarazo en cualquiera de sus etapas.



Así, quedaría establecido que para los efectos de ese Código el embarazo es la parte del proceso de la reproducción que comienza con la implantación del embrión en el endometrio. Además de reformar el artículo 149, el proyecto de decreto también reformaría los artículos 150 y 154.

Con la modificación, el artículo 150 quitaría la sanción que existe para aquellos que ayuden o hagan abortar a una mujer con su consentimiento; imponiendo de seis meses a dos años de prisión y multa de hasta 75 días de salario.

Asimismo, Viveros Cházaro plantea que a quien cometa el delito de aborto con consentimiento de la mujer embarazada o consienta que otra persona la auxilie o la haga abortar, se le aplicarán en libertad medidas específicas e integrales con respeto a sus derechos humanos.



Esto conforme a lo dispuesto en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para el Estado; apuntando que tales medidas se tendrían que implementar en un plazo no mayor a dos años.

Finalmente, el artículo 159 del Código Penal establecería diversas excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto; esto cuando sea causado por una conducta culposa de la mujer embarazada.

También, que el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida, de no provocarse, la mujer embarazada quede en peligro de muerte o en riesgo su salud a juicio del médico que la asista, oyendo éste la opinión de otro facultativo.



Asimismo, si a juicio de dos médicos existe razón suficiente de que el producto padece una alteración que dé por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves y se practique con el consentimiento de la mujer embarazada.