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Sección: Estado de Veracruz

Concesionarios deben grabar y trasmitir en tiempo real proceso de verificación vehicular

- Grabaciones se guardarán para que se proporcione a la autoridad cuando lo solicite

- Incumplimiento de disposiciones podría derivar hasta en la revocación de la concesión

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 03/03/2021

alcalorpolitico.com

Ahora que el catálogo en materia de servicios de verificación vehicular de la Secretaría de Medio Ambiente (SEDEMA) se trasladó a la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN), los concesionarios de los Centros y Verificentros tienen la obligación de grabar en video digital y transmisión en tiempo real de todas y cada una de las verificaciones que realicen.

Las grabaciones se almacenarán para ser proporcionadas a la autoridad cuando ésta así lo solicite.

Además, deberán almacenar semestralmente las bases de datos y los respaldos de video que se generan durante cada una de las verificaciones vehiculares con los equipos instalados, a través del Sistema Integral de Verificación Vehicular del Estado de Veracruz (SIVVER).



Adicionalmente, la autoridad ambiental podrá solicitar, en cualquier momento, la entrega de la información parcial que requiera, la cual constituirá en prueba documental de las actividades de los Verificentros y de los Centros de Verificación, en caso de determinarse la correspondiente aplicación de sanciones.

Deberán contar con una Conexión vía Red Privada Virtual del servidor de comunicación del Verificentro a los centros de cómputo y servidores de la SEDEMA, a través del Sistema Integral de Verificación Vehicular del Estado de Veracruz (SIVVER), o el sistema de cómputo que determine la Secretaría, mediante el cual se deberán transmitir, en tiempo real, las bases de datos generadas por las verificaciones realizadas.

Las especificaciones de conectividad serán obligatoriamente las que mediante circular establezca la Secretaría, de acuerdo con las necesidades técnicas del SIVVER, o del sistema computacional establecido para tal efecto.



Serán consideradas prueba plena la documentación de respaldo, así como las impresiones, archivos electrónicos y videos que se obtengan del programa SIVVER o el Sistema que al efecto establezca la Secretaría.

La prestación del servicio de verificación vehicular en condiciones distintas a las establecidas, será motivo de la aplicación de medidas de seguridad y/o sanciones establecidas en la Ley Estatal de Protección Ambiental del Estado de Veracruz.

Entre las que destacan multa por el equivalente de 50 a 20 mil días de salario mínimo general vigente en el área geográfica que corresponda, en el momento de imponer la sanción.



Clausura temporal o definitiva, total o parcial del establecimiento, suspensión o la revocación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones.

La concesión que sea revocada por incumplimiento a las disposiciones del Programa, la Ley Estatal de Protección Ambiental, acuerdos y/o títulos de concesión, a consideración de la Secretaría, podrá ser sujeta de nueva licitación.

El concesionario al que le haya sido revocada la concesión en materia de verificación vehicular no podrá participar en el nuevo procedimiento de licitación de dicha concesión.