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Sección: Estado de Veracruz

Concesiones para alumbrado público municipal, no mayores a 5 años, advierten SENER y Ficht Rating

- En otros países son máximo de 7 años, por riesgos asociados al desempeño tecnológico

- Hasta octubre de 2016, 179 de los 2 mil 456 municipios del país, contaban con calificación de riesgo emitida por agencias calificadoras

Miguel ?ngel Barrag?n Veracruz, Ver. 19/09/2017

alcalorpolitico.com

La Secretaría de Energía del Gobierno Federal (SENER), con la opinión de la agencia calificadora de valores en México Ficht Rating, ha advertido que el arrendamiento y contrato de prestación de servicios para el suministro, instalación, conservación y mantenimiento del alumbrado público en los municipios, regularmente acordado por 10 ó 15 años, “no deben superar los cinco años de vigencia”.

Uno de los motivos, es que los plazos largos “podrían resultar inadecuado por riesgos asociados al desempeño tecnológico”, se expone en el documento: “Proyecto Nacional de Eficiencia Energética en Alumbrado Público Municipal: Balance 2010 – 2016”, publicado por la Secretaría de Energía y la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE).

Por su parte la agencia calificadora de valores en México Ficht Rating, en su reporte especial, “Proyectos de Modernización del Sistema de Alumbrado Público, Tendencias en los municipios de México”, citado por la SENER, expone que en otros países, este tipo de proyectos han contado con plazos de recuperación de la inversión de cinco a siete años; por lo que aquellos proyectos con un mayor plazo de recuperación tienden a postergarse.



Para sustentar lo anterior, Ficht Rating, explica que han surgido fallas asociadas a la infraestructura y al cableado por incompatibilidad con la nueva tecnología; también casos en los que el ahorro generado por el proyecto es inferior al proyectado, por la baja calidad del proveedor privado. El factor anterior puede reducir el beneficio de utilizar una APP (Asociación Pública Privada), en este tipo de obras.

Como se recordará, en los últimos meses, varios ayuntamientos fueron autorizados por el Congreso del Estado para concretar Asociaciones Público- Privadas, con empresas incluso por determinar, entre ellos: Veracruz, Poza Rica, Cosamaloapan, Pánuco, Medellín de Bravo, Atzacan, Cerro Azul, Fortín de las Flores, Carlos A. Carrillo y Banderilla.

De estos diez últimos, sólo cuatro ya determinaron las empresas privadas con las que firmarán las concesiones de la rehabilitación y mantenimiento del alumbrado público en sus respectivas ciudades.



Una Asociación Público Privada (APP) es el instrumento legal que facilita a las entidades públicas el acceso a la provisión de infraestructura, bienes o activos para la óptima prestación de los servicios públicos que de acuerdo a la Ley deben prestar.

Se trata de una herramienta financiera que fortalece las finanzas y la hacienda pública al no constituir deuda pública y permitir alcanzar los objetivos y metas para el mejor desempeño de sus funciones, dando como resultado, mejores servicios públicos e infraestructura pública para el beneficio social de los ciudadanos.

La Ley de Asociaciones Público Privadas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave contempla que los proyectos de Asociación Público Privada regulados por esta legislación, son aquellos que se realicen bajo cualquier esquema para establecer una relación a largo plazo entre el Gobierno del Estado de Veracruz o los municipios y el sector privado, con aportación de capital privado, pudiéndose asociar con la banca de desarrollo para la ejecución de proyectos de infraestructura o prestación de servicios que generalmente ejecuta la administración estatal o municipal.



Los proyectos de asociación público-privada deberán estar justificados, especificar el beneficio social que se busca obtener con la realización de los proyectos de infraestructura o de prestación de servicios y demostrar su ventaja financiera frente a otras formas de financiamiento.

Los esquemas de Asociación Público-Privada regulados en la Ley antes mencionadas, son opcionales y podrán utilizarse en relación con actividades cuya legislación específica

prevea la libre participación del sector privado, o bien, mediante el otorgamiento de permisos, autorizaciones o concesiones.

Al respecto la Secretaría de Energía señala que si bien en estos contratos que firman los ayuntamientos con empresas privadas con vigencia de hasta 15 años, la garantía de pago son las participaciones federales, “los municipios enfrentan dificultades para obtener financiamiento respaldado por este flujo de recursos, ya que es muy común que estén comprometidos con diversos proyectos previamente realizados, por lo que su capacidad de endeudamiento para contraer nuevos financiamientos se ve limitada”.

En su informe, la SENER indica que para octubre de 2016, únicamente 179 de los dos mil 456 municipios en el país, cuentan con una calificación de riesgo emitida por agencias calificadoras, misma que permite medir la solvencia que tendrán los municipios para hacer frente a sus obligaciones de pago.