Con cuatro votos a favor y tres en contra, el Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE) aprobó el acuerdo que no otorga financiamiento público (prerrogativas) al Partido Encuentro Solidario (PES) para sus actividades ordinarias en 2020 y 2021 pero sí recibirá financiamiento para gastos de campaña.
En la sesión extraordinaria virtual, Daniel de Jesús Rivera Reglín, representante del PES ante el Consejo General del OPLE, argumentó que se trata de un partido político nacional de reciente creación que no ha participado en proceso electoral federal y/o local y por lo tanto, no se le puede aplicar el primer párrafo del artículo 50 del Código Electoral de Veracruz.
Dicho artículo señala que “para que un partido político cuente con recursos financieros locales en calidad de financiamiento público, deberá haber obtenido cuando menos el tres por ciento de la votación válida emitida en la elección inmediata anterior de diputaciones”.
Recordó que el actual PES es partido nuevo de reciente creación, diferente al Partido Encuentro Social que perdió su registro en 2018 al no obtener el 3% de la votación en el proceso electoral, por lo que quitarle el derecho a las prerrogativas sin que haya participado en proceso electoral alguno, le afecta directamente en la equidad en el proceso comicial 2021.
Las consejeras Mabel Aseret Hernández Meneses, María de Lourdes Fernández Martínez y Tania Celina Vásquez Muñoz votaron en contra al considerar que se lesiona el derecho del PES al no otorgarle financiamiento público que lo deja en total estado de indefensión, toda vez que se hizo una mala interpretación del artículo 50 del Código Electoral.
Coincidieron en señalar que se trata de un partido político nacional de reciente creación e incluso, no tendría congruencia haberle permitido que naciera a la luz pública como una opción más para los ciudadanos.
Sin embargo, los consejeros Alejandro Bonilla Bonilla, Juan Manuel Vázquez Barajas, Roberto López Pérez y Quintín Antar Dovarganes Escandón votaron a favor, al coincidir que en el artículo 50 del Código Electoral de Veracruz no acepta interpretación alguna e incluso, ya hay jurisprudencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que avala dicho artículo.