Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Confirma Tribunal Electoral multa de 444 mil pesos al Partido Cardenista

Tuvo diversas irregularidades en los Informes de Ingresos y Gastos de Precampañas

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 30/04/2021

alcalorpolitico.com

El pleno de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó las multas por 444 mil 775.62 pesos impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) al Partido Cardenista, por diversas irregularidades en los Informes de Ingresos y Gastos de Precampañas a las Diputaciones Locales y Ediles de los Ayuntamientos en Veracruz.

En sesión pública virtual, celebrada la tarde de este viernes, los magistrados desestimaron los alegatos expuestos por el inconforme en los que acusó al ente comicial de fundamentar y motivar indebidamente el dictamen consolidado en el que estableció las sanciones económicas.

De esta manera, quedaron firmes una multa por 299 mil 736 pesos porque informó de manera extemporánea 69 eventos de la agenda de actos públicos, además de otra por 139 mil 8 pesos por informar de manera extemporánea 32 eventos de la agenda de actos públicos de manera posterior a su celebración.



En el recurso de apelación, el Partido Cardenista señaló adicionalmente que el INE calificó indebidamente las faltas cometidas, lo cual fue desestimado por los integrantes del órgano jurisdiccional federal.

“Contrario a lo afirmado por el recurrente el actuar de la responsable fue apegado a derecho porque al haberse constatado las infracciones a la normativa en materia de fiscalización, la responsable señaló los principios legales correspondientes y expuso los motivos por los cuales se actualizaron cada una de las faltas”, precisaron en el fallo.

En éste también se estableció que el instituto político sancionado cuenta con capacidad económica suficiente, porque conforme informó el Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz, ya le fueron entregados recursos públicos para sus actividades ordinarias en el ejercicio fiscal 2021.



El pleno de la Sala Xalapa del TEPJF desechó su petición para que el cobro de las referidas sanciones económicas se hiciera posterior a los comicios del 6 de junio, ello debido a que no lo solicitó previamente ante el instituto electoral veracruzano.

“Las multas impuestas son consecuencia de un actuar indebido del partido, esto es, infringir las normas legales a las que se encuentra sujeto y toda vez que el fin de una sanción es inhibir la comisión de conductas se razona que lo expuesto por el partido no resulta eficaz para lograr su pretensión”, concluyeron en la sentencia.