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Sección: Estado de Veracruz

Congreso aprueba Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado

- Tras modificación al proyecto que presentó Duarte, 28 diputados votaron a favor y 15 (de oposición) en contra

- PAN acusa que el dictamen contraviene a la Ley General pues ORFIS continuará reservando información

Jos? Topete Xalapa, Ver. 26/05/2016

alcalorpolitico.com


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Con 28 votos a favor y 15 en contra, el Congreso del Estado aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado, tras acusaciones de los diputados de oposición de que se protegió al Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) para que pueda seguir reservándose información de sus auditorías que debería ser pública.

Cabe señalar que sí se realizaron modificaciones al proyecto que presentó el gobernador Javier Duarte de Ochoa; sin embargo, el Partido Acción Nacional exigía cambiar varios puntos, sin conseguirlo, por lo que sus diputados votaron en contra, asegurando que no se respeta Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

El grupo legislativo del PAN presentó correcciones a más de 70 artículos, las cuales fueron atendidas en un gran porcentaje; como la armonización del procedimiento del recurso de revisión, que no coincidía con la Ley General y se eliminó la intención de mantener un amplio espectro de información confidencial.



No obstante, dicho Partido acusó que no hubo consenso en temas trascendentales como son la rendición de cuentas que le debe el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a los veracruzanos.

Igualmente, refirieron que el dictamen aprobado por el Congreso contraviene la Ley General, pues no se pudo retirar del proyecto la posibilidad de que el Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) continúe reservando información.

“Esto para conocer si cumple o no con su función de fiscalizar, pues a la fecha hay que creerle al ORFIS, cuando la Facultad revisora original, desde el inicio de la República, recae en los parlamentos y, en Veracruz el ORFIS se ha escudado en ello para clasificar como información reservada la contenida en sus auditorías”, señaló a nombre de su grupo legislativo, el diputado Domingo Bahena Corbalá.



Además, los panistas acusaron que la ley se avaló sin generar un presupuesto para los sujetos obligados, sin respetar la Ley de Disciplina Financiera de las entidades federativas y los municipios.

"El dictamen no da cumplimiento a lo anterior, no tenemos el impacto presupuestario de esta iniciativa, que si bien tiene muchas bondades también contempla una estructura con coordinaciones regionales que implicará más recursos de este tipo".

Dejan fuera a notarios



Cabe señalar que tras la modificación del dictamen original, los notarios públicos quedaron fuera del listado de sujetos obligados, bajo la justificación de que su función es delegada y no los convierte en servidores públicos, por no recibir remuneración con cargo al erario público.

Así, sólo son sujetos obligados de esta ley, los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; los Ayuntamientos o Concejos Municipales; los organismos descentralizados y desconcentrados de la Administración Pública Estatal y Municipal; así como las empresas de participación estatal o municipal.

También los sistemas operadores de agua y saneamiento; los organismos autónomos del Estado; las universidades públicas e instituciones de educación superior pública dotadas de autonomía; los partidos políticos y agrupaciones políticas, en los términos de las disposiciones aplicables.



Igualmente los fideicomisos y fondos públicos que cuenten con financiamiento público, parcial o total, o con participación de entidades de gobierno; las organizaciones de la sociedad civil constituidas conforme a las leyes mexicanas que reciban o ejerzan recursos públicos en el ámbito estatal y municipal.

Los sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos en el ámbito estatal o municipal; los candidatos independientes; y cualquier persona física o moral que reciba o ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito.

Después de la etapa de posicionamientos, tanto los diputados del PRI como del PAN se acusaron mutuamente de que el tema se quería politizar o usar como herramienta electoral.



Posteriormente, en la discusión en lo general, el diputado Francisco Garrido, quien se había caracterizado por ir en bloque en la votación con la mayoría, destacó que estaba en contra porque no sabía si se habían incluido sus propuestas, pues no se les circuló el debate en tiempo y forma.

Por su parte, el legislador del PRI, José Ramón Gutiérrez de Velasco Hoyos, expuso que esta legislación no es exclusiva de Veracruz, sino de varias entidades del país y criticó la postura de los diputados que votaron en contra, afirmando que sus propuestas sí fueron contempladas.

En su segunda intervención, el diputado Domingo Bahena Corbalá reiteró que no hay razones para reservar la información de las auditorías del ORFIS, de ahí que es necesario que no se clasifique como información reservada sus revisiones, pues va en contra de la ley general.



No obstante, la vocal de la comisión de Transparencia y Acceso a la Información, diputada Marcela Aguilera Landeta, explicó que sí se respeta la norma federal para responder a la sociedad que exige transparencia a los servidores públicos.

Otro de los puntos que fueron modificados y anulados fue la creación del Sistema Estatal de Transparencia, Acceso a la Información, Protección de Datos Personales y Gobierno Abierto, bajo la premisa de que no lo prevé la Constitución Política del país ni el Sistema Nacional de Transparencia.

Igualmente, se estableció que el pleno del IVAI continuará integrado por tres comisionados que durarán en su cargo siete años improrrogables, cada uno será electo por el Congreso del Estado, con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes.



A su vez el pleno contará con un Consejo Consultivo integrado por tres Consejeros que serán honoríficos y durarán en su encargo dos años. En su integración se deberá garantizar la igualdad de género y la inclusión de personas con experiencia en la materia.

Por su parte, cada sujeto obligado deberá contar con un Comité de Transparencia, que a su vez se integrará por el titular del sujeto obligado, el responsable de la Unidad de Transparencia y los servidores públicos que así lo determine el titular del sujeto obligado.

Multas y denuncias



La ley establece que ahora cualquier persona podrá denunciar ante el IVAI la falta de publicación de las obligaciones de transparencia, en sus respectivos ámbitos de competencia, y por su parte el Instituto, debe resolver la denuncia, dentro de los veinte días siguientes al término del plazo en que el sujeto obligado debe presentar su informe o, en su caso, los informes complementarios.

La nueva ley faculta al pleno del IVAI a aplicar de manera sucesiva medidas de apremio a los servidores públicos, o miembros de los sindicatos, o a la persona física o moral responsable, que desacaten sus resoluciones.

De esta manera, la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado, quedó conformada por siete Títulos: “Disposiciones Generales”; “Obligaciones de Transparencia”; “Cultura de Transparencia y Apertura Gubernamental”; “Información Clasificada”; “Órgano Responsable del Acceso a la Información y Mecanismos de Operación”; “Transparencia”; “Procedimientos de Acceso a la Información Pública”; “Medios de Impugnación”; y “Responsabilidades y Sanciones”, y cuenta, además, con un régimen transitorio de nueve artículos.